Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 1/4/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 24 de febrero de 2000, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica la clasificación del puesto de trabajo de colaboración de Vicesecretario, existente en el Ayuntamiento de Montilla (Córdoba).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Resolución de esta Dirección General de 12 de febrero de 1998 se procedió a clasificar un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Montilla (Córdoba), con la denominación de Vicesecretario.

Posteriormente, la Corporación Local anteriormente indicada ha adoptado, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2000, el acuerdo relativo a la solicitud de modificación de este puesto de trabajo en clase primera, permitiendo de esta forma que pueda ser desempeñado por funcionarios de la Subescala de Secretaría, Categoría Superior, petición que se fundamenta ante la necesidad que tiene el Ayuntamiento de dotar su plantilla de personal con funcionarios de mayor cualificación profesional acorde con las necesidades del Municipio.

Al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Se modifica la clasificación del puesto de trabajo de colaboración denominado Vicesecretario existente en el Ayuntamiento de Montilla (Córdoba), actualmente como Secretaría de Clase Segunda, a Clase Primera.

2. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, la modificación de la clasificación del puesto efectuada al amparo del presente Real Decreto, no afectará a los destinos de quienes los vinieran desempeñando con carácter definitivo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de febrero de 2000.- El Director General, Jesús M.ª Rodríguez Román.

Descargar PDF