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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 1 de diciembre de 1999 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Seis de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 52/1999, promovido por Telefónica de España, S.A. Unipersonal, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando parcialmente el recurso contencioso- administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Dolores Flores Crocci, en nombre y representación de la entidad mercantil Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, debo declarar y declaro la nulidad de la resolución administrativa impugnada, en lo afectante únicamente a la sanción impuesta al amparo del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, quedando en consecuencia reducida la multa recurrida al importe de 500.000 pesetas. No ha lugar a efectuar pronunciamiento respecto de las costas procesales que se hubiesen causado.
Sevilla, 3 de marzo de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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