Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 13/5/2000

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica acuerdo de iniciación incoado a don Francisco Rivera Ordóñez del expediente sancionado que se cita. (SAN/ET-10/00-SE).

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Vista el acta de finalización del espectáculo taurino celebrado el pasado día 12 de febrero de 2000, en la plaza de toros portátil, instalada en la localidad de Morón de la Frontera, se observan presuntas infracciones a la normativa de EE.TT.

Siendo este órgano competente para la iniciación y resolución de expediente sancionador por estos hechos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1677/1984, de

18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos, en el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, que asigna tal competencia a la Consejería de Gobernación y en uso de atribuciones que le confiere el Decreto

50/1985, de 5 de marzo, en relación con el artículo 24 y Disposición Adicional de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos y al amparo de lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 11 y 13 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto,

HE ACORDADO

La iniciación de expediente sancionador contra don Francisco Rivera Ordóñez, nombrando instructor del mismo a don Francisco José Ranedo Conejo, funcionario adscrito a esta Delegación del Gobierno, contra quien podrá promover recusación en cualquier momento en la tramitación del procedimiento, cuando concurra alguna de las causas y con los requisitos dispuestos en los artículos 28 y 29 de la citada Ley

30/1992, de 26 de noviembre.

En cumplimiento de la normativa citada y examinada la documentación remitida por el denunciante, constan los siguientes hechos:

«El espada anunciado para actuar en 5.º lugar, en el espectáculo celebrado el pasado 12.2.00, en la plaza de toros portátil en la localidad de Morón de la Frontera, don Francisco Rivera Ordóñez no lo hizo, sin que coste certificación alguna que justifique dicha circunstancia¯.

Los hechos descritos suponen una infracción del artículo 68.2 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como infracción grave en el artículo 15.l) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, pudiéndose sancionar con multa de 25.000 a 10.000.000 de pesetas, de conformidad con el artículo 18 de la citada Ley 10/1991.

En cualquier momento del procedimiento podrá reconocer la responsabilidad en los hechos denunciados, con los efectos que establece el artículo 8 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de

4

de agosto de 1993.

Asimismo, se inicia un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia por el mismo plazo, pudiendo en este periodo examinar el expediente y proponer las pruebas que considere oportunas, advirtiéndole que, de no hacer uso de su derecho en el plazo indicado, el presente acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de Resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Reglamento de procedimiento sancionador.

Trasládese al instructor y notifíquese al interesado.

Sevilla, 20 de marzo de 2000.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.