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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución que tiene formulada esta Delegación Provincial en el expediente iniciado por el Ilustre COF de la provincia de Sevilla a instancia de doña Fernanda Lucas Campos, y en el que se ha personado doña M.ª José Lluch Colomer, con domicilio últimamente conocido en C/ El Mirador, núm., 4.º-B, Tomares (Sevilla), sobre autorización de instalación de Oficina de Farmacia en Tomares (Sevilla), al amparo del art..1.b) del Real Decreto 909/78; se pone en su conocimiento que, con fecha 17 de enero de 2000, se acordó por el Delegado Provincial de Salud en el expediente F-41/99:
«Denegar a doña Fernanda Lucas Campos la autorización de apertura de nueva Oficina de Farmacia en Tomares (Sevilla)¯.
Dicha Resolución se le comunica, fehacientemente, según lo prescrito en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, quedando dicho trámite debidamente cumplimentado. El citado expediente se encuentra en las Dependencias de la Delegación Provincial de Salud, sita en C/ Luis Montoto, núm.-89, 1.ª planta, Sevilla.
Asimismo, se pone en su conocimiento que la citada Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria 2.ª de la Ley/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm., de
14.1.99), en relación con lo dispuesto en los artículos 107 y
114 del citado texto legal en la redacción dada por la Ley
4/99, podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Farmacia y Conciertos de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la presente publicación.
Sevilla, 5 de mayo de 2000.- El Delegado, Francisco Javier Cuberta Galdós.
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