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La Comisión de Precios de Andalucía ha revisado el expediente de tarifas de agua potable del Consorcio del Huesna (Sevilla), analizando exclusivamente el suministro domiciliario de agua (agua en baja), no entrando a considerar el estudio y posterior propuesta de aprobación de la tarifa de agua en alta, por no quedar sometida a la legislación sobre precios autorizados.
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGUAS Y SERVICIOS DEL HUESNA, A.I.E. CONSORCIO DE AGUAS DEL HUESNA (SEVILLA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota de servicio
Calibre del contador en mm Ptas./mes
Hasta 13 251
15 455
20 778
25 1.156
30 1.618
40 2.756
50 4.254
65 7.009
80 10.484
100 16.175
125 25.160
150 35.943
200 63.500
250 98.245
300 141.377
400 184.510
500 341.462
Más de 500 670.943
Cuota de consumo
Consumo doméstico
Bloque I: Hasta 7 m3/vivienda/mes 45,50 ptas./m3
Bloque II: Más de 7 m3
hasta 20 m3/vivienda/mes 73,30 ptas./m3
Bloque III: Más de 20 m3/vivienda/mes 104,50 ptas./m3
Consumo industrial y comercial
Bloque I: Hasta 7 m3/local/mes 65,80 ptas./m3
Bloque II: Más de 7 m3
hasta 20 m3/local/mes 82,80 ptas./m3
Bloque III: Más de 20 m3/local/mes 89,30 ptas./m3
Consumo de organismos oficiales, servicios públicos e interés social
Bloque único 55 ptas./m3
Los consumos realizados por las Dependencias y los Servicios Municipales de las Entidades Locales integradas en el
Consorcio, hasta el límite del 7% del consumo total del municipio tendrán una bonificación de 31,50 ptas./m3
Derechos de acometida
Parámetro A: 2.280 ptas./mm
Parámetro B: 47.000 ptas./l/seg.
Cuota de contratación y reconexión
Calibre del contador en mm
Hasta 13 4.552 ptas./mes
15 6.110 ptas./mes
20 9.825 ptas./mes
25 13.989 ptas./mes
30 17.293 ptas./mes
40 23.443 ptas./mes
50 29.885 ptas./mes
65 39.336 ptas./mes
80 48.967 ptas./mes
100 y superiores 61.185 ptas./mes
Fianzas
La fianza quedará establecida para todos los contratos de suministro de agua potable para uso doméstico, industrial o comercial, cualquiera que sea el calibre del contador, que no tenga un tiempo determinado de duración, en 3.000 ptas.
En los contratos de suministro de obra o de duración
determinada, el importe máximo de la fianza está en función de la escala siguiente:
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Calibre del contador en mm
Hasta 13 32.630 ptas.
15 60.205 ptas.
20 100.342 ptas.
25 140.479 ptas.
30 200.684 ptas.
40 401.368 ptas.
50 y superiores 602.052 ptas.
Suministros temporales sin contador
Se aplicarán para la facturación los siguientes volúmenes:
Diámetro de la acometida (mm) m3/día
Hasta 25 3
32 3,5
40 4
50 4,5
55 5
80 5,5
100 y superiores 6
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de mayo de 2000
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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