Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 10/06/2000

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 8 de mayo de 2000, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Alcolea del Río, Cantillana, Carmona, El Coronil, El Cuervo, Lebrija, Los Molares, El Pedroso, Tocina, Utrera y El Viso del Alcor, integrados en el Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla). (PP. 1267/2000).

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La Comisión de Precios de Andalucía ha revisado el expediente de tarifas de agua potable del Consorcio del Huesna (Sevilla), analizando exclusivamente el suministro domiciliario de agua (agua en baja), no entrando a considerar el estudio y posterior propuesta de aprobación de la tarifa de agua en alta, por no quedar sometida a la legislación sobre precios autorizados.

Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

AGUAS Y SERVICIOS DEL HUESNA, A.I.E. CONSORCIO DE AGUAS DEL HUESNA (SEVILLA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota de servicio

Calibre del contador en mm Ptas./mes

Hasta 13 251

15 455

20 778

25 1.156

30 1.618

40 2.756

50 4.254

65 7.009

80 10.484

100 16.175

125 25.160

150 35.943

200 63.500

250 98.245

300 141.377

400 184.510

500 341.462

Más de 500 670.943

Cuota de consumo

Consumo doméstico

Bloque I: Hasta 7 m3/vivienda/mes 45,50 ptas./m3

Bloque II: Más de 7 m3

hasta 20 m3/vivienda/mes 73,30 ptas./m3

Bloque III: Más de 20 m3/vivienda/mes 104,50 ptas./m3

Consumo industrial y comercial

Bloque I: Hasta 7 m3/local/mes 65,80 ptas./m3

Bloque II: Más de 7 m3

hasta 20 m3/local/mes 82,80 ptas./m3

Bloque III: Más de 20 m3/local/mes 89,30 ptas./m3

Consumo de organismos oficiales, servicios públicos e interés social

Bloque único 55 ptas./m3

Los consumos realizados por las Dependencias y los Servicios Municipales de las Entidades Locales integradas en el

Consorcio, hasta el límite del 7% del consumo total del municipio tendrán una bonificación de 31,50 ptas./m3

Derechos de acometida

Parámetro A: 2.280 ptas./mm

Parámetro B: 47.000 ptas./l/seg.

Cuota de contratación y reconexión

Calibre del contador en mm

Hasta 13 4.552 ptas./mes

15 6.110 ptas./mes

20 9.825 ptas./mes

25 13.989 ptas./mes

30 17.293 ptas./mes

40 23.443 ptas./mes

50 29.885 ptas./mes

65 39.336 ptas./mes

80 48.967 ptas./mes

100 y superiores 61.185 ptas./mes

Fianzas

La fianza quedará establecida para todos los contratos de suministro de agua potable para uso doméstico, industrial o comercial, cualquiera que sea el calibre del contador, que no tenga un tiempo determinado de duración, en 3.000 ptas.

En los contratos de suministro de obra o de duración

determinada, el importe máximo de la fianza está en función de la escala siguiente:

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Calibre del contador en mm

Hasta 13 32.630 ptas.

15 60.205 ptas.

20 100.342 ptas.

25 140.479 ptas.

30 200.684 ptas.

40 401.368 ptas.

50 y superiores 602.052 ptas.

Suministros temporales sin contador

Se aplicarán para la facturación los siguientes volúmenes:

Diámetro de la acometida (mm) m3/día

Hasta 25 3

32 3,5

40 4

50 4,5

55 5

80 5,5

100 y superiores 6

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de mayo de 2000

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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