Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 20/06/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de mayo de 2000, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se presta conformidad a la enajenación, mediante subasta, de dos viviendas propiedad del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas (Cádiz).

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Recibido en esta Delegación del Gobierno expediente promovido por el Ayuntamiento de Setenil de la Bodegas sobre enajenación, mediante subasta, de dos viviendas de propiedad municipal sitas en los números 2 y 3 de la calle Coronilla, 1 a

7, de dicha localidad.

En el expediente instruido al efecto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86, de 18 de abril; 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de

1986; Ley 7/85, de 2 de abril; Ley 6/83, de 21 de julio; Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su artículo 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto Anual de la Corporación.

A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de dicha Corporación Local en la sesión celebrada el día 26 de octubre de 1999, por el que se aprobó la enajenación, mediante subasta, de las viviendas municipales cuya descripción se detalla a continuación:

1. Vivienda núm. de la calle Coronilla, 1 a 7, de Setenil de las Bodegas. Valorada en 5.865.600 pesetas. Inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 425, Libro 52, Folio 155, Finca 3708, Inscripción 1.ª

1. Vivienda núm. de la calle Coronilla, 1 a 7, de Setenil de las Bodegas. Valorada en 5.865.600 pesetas. Inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 425, Libro 52, Folio, Finca

3709, Inscripción 1.ª

En virtud de todo ello, he resuelto:

1.º Prestar conformidad a la enajenación, mediante subasta, de las viviendas descritas, propiedad del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.

2.º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución podrá interponerse el recurso de alzada del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 26 de mayo de 2000.- El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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