Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada infructuosamente en el último domicilio conocido, se procede a la notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro de la Dirección General de Formación Profesional y Empleo, a las entidades que a continuación se relacionan.
Entidad: Federación de Cooperativas Andaluzas. Dirección: Ronda de Capuchinos, núm. 4, portal 3. Sevilla,
41007.
Expediente: AJ-31/93.
Asunto: Notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro a dicha entidad de fecha 11 de febrero de 2000. Motivo: La Federación de Cooperativas Andaluzas no ha remitido toda la documentación necesaria para la justificación de dicho expediente.
Entidad: Federación de Cooperativas Andaluzas. Dirección: Ronda de Capuchinos, núm. 4, portal 3. Sevilla,
41007.
Expediente: PLD-6/90-SE.
Asunto: Notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro a dicha entidad de fecha 12 de abril de 2000. Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Entidad: Federación de Uniones de Cooperativas Andaluzas. Dirección: C/ Puente y Pellón, 13. Sevilla, 41004. Expediente: PLD-242/90.
Asunto: Notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro a dicha entidad de fecha 11 de febrero de 2000. Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Entidad: Federación de Cooperativas Andaluzas. Dirección: Ronda de Capuchinos, núm. 4, portal 3. Sevilla,
41007.
Expediente: PLD-19/93.
Asunto: Notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro a dicha entidad de fecha 12 de abril de 2000. Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Entidad: Federación de Cooperativas Andaluzas. Dirección: Ronda de Capuchinos, núm. 4, portal 3. Sevilla,
41007.
Expediente: PLD-5/92.
Asunto: Notificación de Acuerdo de inicio de expediente de reintegro a dicha entidad de fecha 12 de abril de 2000. Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Contra el mismo, cuyo texto está a disposición de dichas entidades en el Servicio de Estudios e Iniciativas de Empleo de esta Dirección General, se podrán realizar en el plazo de 15 días las alegaciones que procedan.
Sevilla, 22 de mayo de 2000.- El Director General, Antonio Toro Barba.
Descargar PDF