Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 04/07/2000

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 22 de mayo de 2000, por la que se autorizan tarifas de taxis de Cádiz. (PP. 1420/2000).

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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y 26 de noviembre de 1996,

DISPONGO

Autorizar las tarifas de Taxis que, a continuación, se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ASOCIACION GADITANA DE RADIO TAXIS. CADIZ

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa base:

Bajada de bandera 150 ptas.

Kilómetro recorrido 78 ptas.

Hora de parada 2.065 ptas.

Carrera mínima 382 ptas.

Suplementos:

Servicios nocturnos laborables 88 ptas.

(Desde las 22 hasta las 6 horas)

Servicios festivos 88 ptas.

(Desde las 0 hasta las 24 horas)

Maleta o bulto superior a 60 cm 57 ptas.

(Excepto carritos de inválidos y bebés)

Servicios especiales:

Recogida en estación de FF.CC. y muelles 89 ptas. Entrada en dique, Astilleros, espigones de La Caleta y San Felipe y Puerto Zona Franca 115 ptas.

Corpus, Carnavales (viernes, sábado y domingo), Semana Santa (Viernes Santo, de 0 a 6 horas), y 25 de diciembre y 1 de enero de 0 a 6 horas 20%

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de mayo de 2000

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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