Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 22/01/2000

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 11 de enero de 2000, por la que se autorizan tarifas de taxis de Utrera (Sevilla). (PD.47/2000).

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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 26 de noviembre de 1996,

DISPONGO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

UNION LOCAL DE AUTONOMOS DEL TAXI. UTRERA (SEVILLA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 133 ptas.

Km recorrido 82 ptas.

Hora de espera 1.897 ptas.

Carrera mínima 380 ptas.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 2

Bajada de bandera 167 ptas.

Km recorrido 102 ptas.

Hora de espera 2.371 ptas.

Carrera mínima 474 ptas.

Esta tarifa será de aplicación:

- Servicios realizados en sábados, domingos y días festivos de 0 a 24 horas.

- Servicios realizados en días laborables/nocturnos de 22 a 6 horas.

- Servicios realizados durante los días de Feria.

- Servicios realizados en Semana Santa desde las 22 horas del Miércoles Santo.

- Servicios realizados durante los días 5 de enero y 24 y 31 de diciembre.

Suplementos (no aplicables a servicios interurbanos):

- Maleta, bulto o conjunto de bultos de más de 60 cm: 49 ptas.

- Servicios realizados días de Feria (de 22 a 10 horas, sobre la tarifa 2): 25%.

Suplementos especiales (sobre lo marcado en el taxímetro):

- De Utrera a urbanizaciones que disten menos de 6 km desde el centro urbano: 384 ptas.

- De Utrera a urbanizaciones que disten más de 6 km desde el centro urbano: 495 ptas.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de enero de 2000

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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