Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 20/07/2000

3. Otras disposiciones

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 6 de julio de 2000, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira, correspondiente al ejercicio 1997.

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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión de 13 de abril de 2000,

RESUELVO

De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira, correspondiente al ejercicio 1997.

Sevilla, 6 de julio de 2000.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

FISCALIZACION DE DETERMINADAS AREAS

DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA

EJERCICIO 1997

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 13 de abril de 2000, con asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de Fiscalización de Determinadas Areas del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira (Sevilla), correspondiente al ejercicio 1997.

INDICE

I. Introducción.

II. Objetivos, alcance y metodología.

III. Limitaciones al alcance.

IV. Operaciones de crédito concertadas durante 1997. IV.1. Operaciones de crédito.

IV.2. Consolidación de operaciones de Tesorería. IV.3. Otros préstamos a L/P.

V. Tesorería.

V.1. Funcionamiento de la Tesorería.

V.2. Estado de Situación de Existencias.

V.3. Disposiciones de Fondos.

V.4. Operaciones de Tesorería.

VI. Carga Financiera.

VI.1. Cálculo de la Carga Financiera.

VI.2. Concertación de operaciones en divisas o con interés variable.

VII. Ahorro Bruto y Ahorro Neto.

VIII. Remanente de Tesorería.

VIII.1. Deudores pendiente de cobro.

VIII.1.1. De Presupuesto de Ingresos Presupuesto Corriente. VIII.1.2. De Presupuesto de Ingresos Presupuestos Cerrados. VIII.1.3. Derechos de difícil o imposible recaudación. VIII.1.4. Ingresos pendientes de aplicación definitiva. VIII.1.5. Deudores de operaciones no presupuestarias. VIII.2. Acreedores pendientes de pago a fin de Ejercicio. VIII.2.1. De Presupuestos Cerrados.

VIII.2.2. De otras operaciones no presupuestarias. VIII.2.3. Pagos pendientes de aplicación. VIII.3. Fondos Líquidos de Tesorería.

IX. Otras incidencias detectadas.

X. Conclusiones.

X.1. Sobre Operaciones de Crédito.

X.2. Sobre la Tesorería.

X.3. Sobre la Carga Financiera.

X.4. Sobre Ahorro Bruto y Ahorro Neto.

X.5. Sobre el Remanente de Tesorería.

X.6. General.

XI. Hechos posteriores.

XII. Anexo I.

Criterios para determinar los derechos que pudieran considerarse de difícil materialización según los artículos 172 de la LRHL y 101 y siguientes del R.D. 500/90.

XIII. Estados Contables.

XIV. Alegaciones.

ABREVIATURAS

ICAL Instrucción de Contabilidad para la Administración Local.

MFAOS Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. PBAP Plan Barriada Actuación Preferente.

RHL Reguladora de Haciendas Locales.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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