Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 10/08/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 28 de julio de 2000, de la Dirección General de Gestión de Recursos, por la que se aprueba un plan de actuación en diversos Organos Judiciales con el fin de reducir el nivel de pendencia de dichos órganos.

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Por Real Decreto 141/1997, de 31 de enero, se produjo la transferencia a la Junta de Andalucía de las competencias en materia de gestión de medios personales de la Administración de Justicia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Disposición Adicional Novena del Real Decreto 1616/1989, de

29 de diciembre, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, en su redacción dada por el Real Decreto 668/1999, de 23 de abril, contempla la posibilidad de establecer programas concretos de actuación, respecto del personal transferido a la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el Real Decreto 141/1997, de 31 de enero. El contenido de dicho programa ha sido negociado con las organizaciones sindicales.

Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, se crea la Consejería de Justicia y Administración Pública, adscribiéndole la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales, y el Decreto 139/2000, de

16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, da nueva denominación a aquella Dirección General bajo el título de Dirección General de Gestión de Recursos, y en el artículo 8 de éste, atribuye la administración y gestión del personal de la Administración de Justicia y el ejercicio que en esta materia tiene atribuida esta Consejería, y en la Disposición Final 10 del Real Decreto 668/1999, de 23 de abril, que faculta al órgano competente de las Comunidades Autónomas para que adopte las medidas necesarias para el cumplimiento y desarrollo de lo establecido en el mencionado Real Decreto, oído el Consejo General del Poder Judicial,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto el establecimiento de los objetivos, la concreción de las cuantías individuales, así como de los funcionarios incluidos en los programas con derecho a su percepción, de acuerdo con la disposición adicional novena del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, mediante la concesión de un complemento, para que los funcionarios de determinados órganos judiciales, que la Memoria Anual 1999 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía denomina «Sedes Conflictivas y Organos Judiciales Objeto de Seguimiento¯, que por el volumen de asuntos pendientes están sometidos a un seguimiento especial por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y que se relacionan en el Anexo I, colaboren en la efectiva reducción del nivel de pendencia.

De los datos estadísticos de estos Organos Judiciales correspondientes a los años 1998 y 1999, se observa un proceso de mejora continuada, siendo objetivo del Plan la culminación del mismo.

Artículo 2. Objetivos y programas de actuación. El objetivo básico es la disminución del número de asuntos pendientes en dichos órganos, mediante la incentivación económica del personal que presta servicios en los mismos, para cuya consecución deberán colaborar fehacientemente los funcionarios de dichos órganos que voluntariamente se acojan a este Plan.

Se tomará como dato base la situación de los órganos judiciales a 31 de julio de 2000 (número de asuntos pendientes de resolución, número de escritos pendientes de proveer, así como cualquier otra circunstancia que permita una mejor valoración de la situación real de los órganos).

El ámbito temporal se extenderá desde el 1 de septiembre al 15 de noviembre de 2000.

Artículo 3. Organos afectados.

Los objetivos a alcanzar, establecidos en la presente

Resolución, comprenden a los órganos judiciales, radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, recogidos en el Anexo I.

Artículo 4. Ambito subjetivo.

La presente Resolución será de aplicación al personal

funcionario titular e interino de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia de los órganos recogidos en el Anexo I.

En el plazo de 15 días desde la publicación de la presente Resolución, los Secretarios de los órganos judiciales afectados por este Plan remitirán a la Dirección General de Recursos la lista de los funcionarios de su Juzgado que solicitan

participar en este Plan.

Artículo 5. Distribución del complemento y aplicación del mismo.

Por el cumplimiento de los objetivos previstos se abonarán hasta 16 puntos mensuales a los Oficiales, Auxiliares y Agentes que hayan contribuido a la consecución de los objetivos citados, según lo siguiente:

Si la mejoría en la situación del Organo Judicial es evaluada en más de un 10% de la situación a 31 de julio se abonará el máximo de 16 puntos mensuales.

Si la mejoría en la situación del Organo Judicial es evaluada entre más del 7 y el 10% de la situación a 31 de julio se abonarán 12 puntos mensuales.

Si la mejoría en la situación del Organo Judicial es evaluada entre más del 4 y el 7% de la situación a 31 de julio se abonarán 7 puntos mensuales.

Estos porcentajes se considerarán en relación con el número de funcionarios participantes respecto al total de la plantilla.

Artículo 6. Evaluación del cumplimiento de los objetivos. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto

668/1999, de 23 de abril, que modificó la Disposición Adicional Novena del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, los Titulares o los Secretarios de los Organos Judiciales afectados emitirán las certificaciones mensuales acreditativas de la participación del funcionario o funcionarios en la consecución de los objetivos propuestos.

Con independencia de los datos a remitir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía como consecuencia de ser órganos objeto de seguimiento por el mismo, entre los días 16 y 20 de noviembre los Titulares de los órganos o los Secretarios Judiciales remitirán al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía datos estadísticos del período 1 de septiembre a 15 de noviembre junto a su evaluación del cumplimiento del presente Plan de Actuación, certificando el nombre de los funcionarios que hayan participación de modo efectivo en la consecución de los objetivos previstos.

Recibidos los datos anteriores, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía evaluará el cumplimiento de los objetivos previstos, emitiendo certificación al respecto enviándola a la Dirección General de Gestión de Recursos con anterioridad al 30 de noviembre de 2000.

La Dirección General de Gestión de Recursos distribuirá los créditos necesarios y remitirá la mencionada certificación a las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública al objeto de que se abone efectúe el abono de estos complementos en la nómina del mes de diciembre.

Artículo 7. Suspensión del Plan de Actuación.

Recibidos los listados recogidos en el párrafo segundo del artículo 4, si el número de funcionarios se estimase

insuficiente para el cumplimiento de los objetivos previstos, esta Dirección General, previa negociación con las

organizaciones sindicales firmantes del Acuerdo de 9 de marzo de 2000 sobre retribuciones del personal transferido de la Administración de Justicia en Andalucía en el marco de la Disposición Adicional Novena del Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, podrá acordar la suspensión del Plan en alguno de los Organos Judiciales.

Artículo 8. Importe del Plan de Actuación.

El plan de actuación previsto tendrá presupuesto de 40 millones de pesetas, que no podrá ser superado.

Disposición Final. Este Plan tiene un carácter excepcional y su aplicación quedará restringida exclusivamente al año 2000.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a su notificación, o potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Gestión de Recursos.

Sevilla, 28 de julio de 2000.- El Director General, José Antonio Muriel Romero.

ANEXO I

RELACION DE ORGANOS DEL PLAN ESPECIAL

DE LA DISPOSICION ADICIONAL NOVENA

Organo:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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