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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Para la Investigación y el Desarrollo de las Tecnologías de la Información en Andalucía (Fidetia)¯, constituida y domiciliada en la localidad de Sevilla, Edificio Facultad de Informática, Avda. de Reina Mercedes, s/n.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación «Para la Investigación y el Desarrollo de las Tecnologías de la Información en Andalucía (Fidetia)¯ fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 17 de marzo de
2000, ante don Manuel García del Olmo y Santos, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 801, corregidas por otras de fecha 17 de noviembre de 2000, ante el mismo Notario, con número de protocolo 3.713, figurando como fundador don César Pérez-Chirinos Sanz.
Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:
1. Promover y favorecer el establecimiento de relaciones de cooperación con entidades públicas o privadas, o con personas físicas, para la elaboración de proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico.
2. Coordinar y/o gestionar la ejecución de proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico y de estudios o ensayos de interés para las Administraciones Públicas, la Industria y la pequeña y mediana Empresa bajo las condiciones que se establezcan.
3. Participar activamente en la publicación y difusión de resultados para favorecer el avance de las Tecnologías de la Información, salvo cuando a criterio del Patronato, o por acuerdos preestablecidos con los contratantes, se le otorgue carácter confidencial.
4. Colaborar en una mejor capacitación profesional de los técnicos en general y, muy especialmente, de los Ingenieros Informáticos formados por la Universidad de Sevilla.
5. Promocionar y organizar conferencias y seminarios sobre temas tecnológicos, así como cursos de formación técnica y perfeccionamiento de postgraduados, especialmente para los Ingenieros Informáticos de la Universidad de Sevilla.
6. Constituir y discernir premios para galardonar trabajos de Investigación y Desarrollo en Tecnologías de la Información y otorgar becas a postgraduados y a estudiantes, principalmente a los de Ingeniería Informática de la Universidad de Sevilla, para la realización de estudios y trabajos de investigación técnica aplicada.
Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por quinientas mil (500.000) pesetas (3.005,06 euros), de las cuales sólo se ha desembolsado el 25% de la dotación, lo que supone la cifra de ciento veintiocho mil (128.000) pesetas (769,30 euros), depositadas en la Entidad Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, sucursal de la Avenida de Reina Mercedes, 35, en Sevilla.
Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por ocho miembros, siendo su presidente don Francisco Pérez García.
Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en
actividades de Interés General; el Decreto 2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del
Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de
Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía,
ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.
En consecuencia, y en atención a los Hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica,
RESUELVE
Primero. Reconocer el interés público de la Entidad e
inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Para la Investigación y el Desarrollo de las Tecnologías de la Información en Andalucía (Fidetia)¯, de la localidad de Sevilla, con domicilio en Edificio Facultad de Informática, Avda. de Reina Mercedes, s/n.
Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 17 de marzo de 2000, corregidas por otras de fecha 17 de noviembre de 2000.
Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta
Fundacional y que han aceptado sus cargos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su
publicación, contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes, potestativamente, recurso de
reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y
116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99.
Sevilla, 4 de diciembre de 2000
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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