Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 25/1/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 18 de enero de 2001, por la que se modifica la Orden de 12 de agosto de 1997, por la que se regulan las ayudas para el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura.

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La Orden de 12 de agosto de 1997 regula las ayudas para el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs) y, en su artículo 5, se establece que las solicitudes de subvención se presentarán, anualmente, del 1 al

15 de enero de cada año en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Los requisitos exigidos para la constitución de las ATRIAs, la necesaria promoción de nuevas actividades dentro de dichas Agrupaciones y la experiencia adquirida en estos últimos años hace necesaria su modificación aumentando el plazo de presentación de solicitudes.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que tengo conferidas, y a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria,

DISPONGO

Artículo Unico. Se modifica el artículo 5 de la Orden de 12 de agosto de 1997, por la que se regulan las ayudas para el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura, que queda redactado como sigue:

«Artículo 5. Plazo y lugar de presentación. Las solicitudes de subvención se presentarán anualmente del 1 de enero al 28 de febrero de cada año en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, sin perjuicio de que puedan presentarse en los lugares y por los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.¯

Disposición Transitoria Unica. Efectos para el año 2001. La presente Orden será aplicable a la convocatoria del año

2001, por lo que el plazo de presentación de solicitudes abarcará el período comprendido entre el 1 de enero de 2001 y el 28 de febrero de 2001.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de enero de 2001

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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