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En fecha 29 de junio de 2001 se ha dictado la siguiente Resolución de la Delegación Provincial de Salud de Cádiz:
«RESOLUCION DE LA DELEGACION PROVINCIAL DE SALUD DE CADIZ, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISION DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUM. DOS DE CADIZ EN EL RECURSO NUM. 78/2001, INTERPUESTO POR DON JUAN MANUEL IGLESIAS RAMIREZ
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso P.A. núm./2001, interpuesto por don Juan Manuel Iglesias Ramírez contra la Resolución por la que se publica la relación definitiva de admitidos con servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud de la Bolsa de Reubicación del Servicio Andaluz de Salud en esta provincia, de fecha 29 de marzo de
2001.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que la integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Cádiz, 29 de junio de 2001. El Delegado Provincial de Salud, Fdo.: Hipólito García Rodríguez.¯ Por dicho órgano judicial se señala para la celebración de vista el 26 de septiembre de 2001, a las 13 horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Organo Jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo P.A. número 78/2001.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78 en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el día señalado ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Sevilla, 6 de agosto de 2001.- El Director General de Personal y Servicios, Rafael Burgos Rodríguez.
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