Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 06/09/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 2 de agosto de 2001, por la que se convocan premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos que hayan finalizado sus estudios de la Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas o en Ciencias Económicas y Empresariales -sección Empresariales-, así como de la Licenciatura en Economía, por las respectivas Universidades andaluzas.

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El Decreto 137/2000, de 16 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, le asigna, entre otras, las competencias de elaboración de las directrices de la política económica de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como la coordinación de su ejecución y cumplimiento. A tal efecto, en la Secretaría General de Economía se realizan de forma continuada una serie de trabajos y estudios sobre la realidad socioeconómica andaluza.

Bajo esta normativa, la Consejería de Economía y Hacienda ha considerado de interés incentivar la formación académica especializada que contribuya a mejorar el conocimiento de la economía andaluza y la aplicación de la política económica regional, premiando los mejores expedientes académicos de los alumnos licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales en las Universidades andaluzas.

A través de la convocatoria de estos Premios se intenta, asimismo, profundizar en la línea de colaboración ya existente entre la Consejería de Economía y Hacienda y las Universidades andaluzas. Sobre esta base se conseguirá un adecuado estímulo al esfuerzo y dedicación de los estudiantes de Andalucía y con ello la consecución, en un futuro inmediato, de profesionales altamente cualificados en el ámbito económico.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Primero. Objeto.

Se convocan ocho premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos que hayan finalizado sus estudios de la Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas o en Ciencias Económicas y Empresariales - sección Empresariales-, en su caso, así como tres premios a los mejores expedientes académicos para los alumnos que hayan finalizado sus estudios de la Licenciatura en Economía por las respectivas Universidades andaluzas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estos premios los alumnos que hayan obtenido la correspondiente Licenciatura en el curso académico 2000/2001 por las respectivas Universidades andaluzas.

Tercero. Participación.

Tendrán acceso a estos premios aquellos alumnos cuyos expedientes, evaluados por las Juntas del Centro respectivo con arreglo a los criterios relacionados en el apartado 2 del punto Quinto de la presente Orden, resulten los más destacados de cada Universidad, de entre los que hayan finalizado sus estudios en el curso académico

2000/2001.

Cuarto. Dotación de los premios.

La cuantía de los premios será de 250.000 pesetas, (1.502,53 euros) para cada uno de los especificados.

Quinto. Organo y criterios de selección.

1. Los Decanos de las distintas Facultades Universitarias propondrán, de acuerdo con las Juntas del Centro respectivo, el nombre del candidato, en función de los criterios de selección que se recogen en el apartado 2 de este punto.

2. La propuesta recaerá en el alumno que con mejor

aprovechamiento haya superado todas las pruebas que

facultan para la obtención del título de Licenciado en

Administración y Dirección de Empresas o, en su caso, en Ciencias Económicas y Empresariales -sección

Empresariales- y, además, en el alumno que con mejor

aprovechamiento haya superado todas las pruebas que

facultan para la obtención del título de Licenciado en

Economía, y tenga mejor expediente académico de acuerdo con las siguientes reglas:

a) Sólo serán computables las calificaciones obtenidas

en las asignaturas comunes y optativas correspondientes al Plan de Estudios vigente en cada centro, quedando

excluidas de cómputo en este primer momento las

asignaturas de libre configuración.

b) La valoración del expediente se realizará con la nota media de las asignaturas, ponderada con el número de

convocatorias correspondientes a cada una de ellas, y de acuerdo con la siguiente puntuación:

Matrícula de Honor: 4 puntos.

Sobresaliente: 3 puntos.

Notable: 2 puntos.

Aprobado: 1 punto.

Suspenso: 0 puntos.

Cada una de las convocatorias no utilizadas se puntuarán con 0 puntos, y se ponderarán con los créditos

correspondientes.

c) En los Centros en los que las puntuaciones sean

numéricas, se sumarán las puntuaciones y se dividirán por el número de exámenes realizados.

d) El mejor expediente será aquel cuyo coeficiente, una vez aplicadas las reglas anteriores, sea superior.

e) En caso de existir varios alumnos con igual puntuación, se valorarán las asignaturas de libre configuración,

siguiendo el mismo baremo indicado en la letra b). Si

continuara la igualdad, la elección se realizará por

sorteo en la sesión de selección.

Sexto. Documentación y plazos.

1. Los Decanos de los distintos Centros remitirán a la

Secretaría General de Economía la propuesta de las Juntas de cada Centro antes del día 30 de octubre de 2001.

2. La propuesta irá acompañada de la siguiente

documentación:

a) Relación de los candidatos cuyos expedientes hayan

sido objeto de valoración.

b) Nombre y apellidos del candidato propuesto, así como la documentación referente a su expediente académico.

c) Acta de la selección firmada por el Secretario de la misma en la que consten los diferentes trámites realizados hasta formalizar la propuesta.

Séptimo. Resolución.

El Secretario General de Economía dictará la Resolución procedente, por delegación del titular de la Consejería de Economía y Hacienda, en base a las propuestas de los

Decanos, en el plazo de quince días a contar desde la

remisión de la última propuesta. Dicha Resolución será

objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Octavo. Incidencias.

Todas las incidencias no previstas en esta Orden serán

resueltas por el Secretario General de Economía, que

resolverá lo procedente por delegación del titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

Noveno. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

Sevilla, 2 de agosto de 2001

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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