Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 06/09/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta Presidencia, con fecha de hoy, ha resuelto, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del R.D.

896/91, de 7 de junio, convocar las pruebas selectivas para la provisión de 1 plaza de Técnico de Cooperación Internacional mediante el sistema de concurso-oposición libre, con sujeción a las bases que se acompañan, aprobadas por la Comisión de Gobierno del pasado día 2 de los corrientes.

Córdoba, 16 de mayo de 2001.- El Presidente, P.D., El Diputado Delegado de RR.HH. y Cooperación al Desarrollo, José A. Albañir Albalá.

1.º Normas generales.

1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria para la provisión mediante concurso- oposición libre de 1 plaza de Técnico de Cooperación Internacional, incluida en la Oferta de Empleo Público de

1998, perteneciente a la plantilla de personal laboral, dotada con las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo de aplicación.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; R.D. Leg. 781/86, de 17 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

2.º Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que para el ingreso al servicio de la Administración Local establecen las disposiciones legales vigentes:

a) Ser español o española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación en la plaza de que se trate.

3.º Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas

selectivas, dirigidas al Presidente de la Corporación, se formularán preferentemente en el modelo oficial que se

adjunta como Anexo I a las presentes bases, y se

presentarán en el Registro General de Entrada de

Documentos de la misma, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la

publicación de la convocatoria en el BOE.

Los interesados deberán unir a la solicitud fotocopia del DNI o documento de identificación del Estado

correspondiente y justificante o comprobante de haber

ingresado la tasa a que se refiere el apartado 3.4.

Deberán acompañar, igualmente, a la solicitud la

documentación que justifique los méritos alegados,

debidamente compulsada o cotejada conforme al artículo 158 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

3.2. Para ser admitidos a esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen

todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base

2.ª, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en

cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá

aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

3.4. La tasa por prestación del servicio de participación en pruebas selectivas asciende, según la correspondiente Ordenanza Reguladora, a mil doscientas cincuenta pesetas (siete euros y medio), que se ingresarán en la cuenta

corriente de Cajasur número 2024/6028/19/311094051.4, con la indicación «pruebas selectivas plaza Técnico de

Cooperación Internacional, Excma. Diputación Provincial de Córdoba¯.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.º Admisión de los aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará Resolución en el término de un mes declarando aprobadas la listas de admitidos y de excluidos e indicando el lugar en el que se encuentran expuestas las relaciones certificadas de ambas listas. Dicha Resolución se publicará en el BOP, juntamente con la relación de

excluidos y causas que han motivado la exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la

publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos

defectos quedarán definitivamente excluidos de la

convocatoria.

En la misma Resolución se harán públicos el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

5.º Tribunal Calificador.5.1. El Tribunal Calificador,

integrado por igual número de miembros titulares y

suplentes, tendrá la siguiente composición:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma

en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o un funcionario

Licenciado en Derecho al servicio de la misma, con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma.

- Un representante de los empleados de la Corporación,

designado por el Comité de Empresa.

- El responsable del Servicio o Departamento a que esté adscrita la plaza o, en su defecto, un empleado

cualificado de la Corporación.

- Un técnico o experto en la materia o especialidad.

La composición del Tribunal será predominantemente

técnica, y en ella se velará por el principio de

especialidad. Todos los Vocales del Tribunal deberán

poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la plaza de que se trate.

5.2. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Diputación Provincial,

cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/92, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la

convocatoria. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias

anteriormente citadas.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones bastará la asistencia de su Presidente, del Secretario y de la mitad de los Vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

5.4. La determinación concreta de los miembros del

Tribunal, así como la de sus suplentes, se hará pública en el BOP, conjuntamente con la Resolución a que hace

referencia la base 4.ª

5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus

trabajos de Asesores en aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas, así como de

colaboradores en tareas de vigilancia y control del

desarrollo de los diferentes ejercicios.

5.6. De conformidad con lo establecido en el R.D. 236/88, de 4 de marzo, a efectos de indemnizaciones por

asistencia, el Tribunal Calificador tendrá la categoría de

1.ª

6.º Sistema de selección.El sistema de selección será el de concurso-oposición.

- Concurso.

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos y presentados

al primer ejercicio de la oposición, previamente a la

corrección de éste, y los calificará conforme al baremo que figura como Anexo II a las presentes bases. Las

puntuaciones otorgadas se expondrán al público

conjuntamente con las calificaciones del primer ejercicio.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se hayan relacionado en la solicitud y alegado la imposibilidad de aportar su justificación en la

solicitud de participación en la convocatoria o dentro del referido plazo.

Quienes hayan prestado servicios a la Corporación y deseen que se valoren como mérito los mismos, lo harán constar en la solicitud de participación, interesando la aportación de oficio del correspondiente justificante a la

documentación presentada.

- Oposición.

De conformidad con el contenido del programa y ejercicios que figuran en el Anexo III.

El primer ejercicio de la oposición no podrá comenzar

hasta transcurridos dos meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar y fecha de realización de dicho ejercicio se harán públicos

conjuntamente con la Resolución que se indica en la base

4.1.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la

celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado los anteriores y en el tablón de edictos de la Corporación.

7.º Desarrollo de los ejercicios.

7.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados comporta que decaiga automáticamente en su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos y, en

consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.

No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente

justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas

circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no se

entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.

7.2. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan actuar conjuntamente comenzará por orden

alfabético de apellidos a partir del primero de la letra resultante del sorteo público único para todas las

convocatorias que se celebren durante el año que realice la Administración General del Estado.

7.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo

contrario, adoptará las medidas oportunas para que los

ejercicios escritos sean corregidos sin conocer la

identidad del aspirante, y, por tanto, podrá eliminar

directamente a los opositores en cuyas hojas de examen

figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan

conocer la identidad de los mismos.

8.º Calificación de los ejercicios.

8.1. Todos los ejercicios de la oposición serán

eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10

puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

8.2. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos.

8.3. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en la forma prevista en la base 6.ª la

relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificaciones de las puntuaciones obtenidas.

8.4. La calificación final de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de los puntos obtenidos en el

concurso y en cada uno de los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el concurso; de

persistir la igualdad, en el ejercicio de carácter

práctico y en los restantes por orden de celebración, y de no ser posible deshacer el empate, se dilucidará por

sorteo.

9.º Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado los ejercicios

eliminatorios, por orden de puntuación, en la que

constarán las calificaciones otorgadas en el concurso y en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán aducir alegaciones durante un plazo de diez días sobre las anteriores calificaciones, que serán tenidas en cuenta por el Tribunal al formular la relación definitiva de

aprobado/s, que se expondrá en el tablón de anuncios y

será elevada al Presidente de la Corporación para que

formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurarán el/los aprobado/s por orden de puntuación, en número igual al de plazas convocadas. Contra dicho acuerdo del Tribunal, que no agota la vía administrativa, podrán interponerse por los interesados recurso de alzada, en el plazo de 1 mes, ante el Presidente de la Corporación.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales,

contados a partir de la publicación de la lista de

aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.ª, y que son:

9.1. Fotocopia del DNI o Documento de Identificación del Estado correspondiente, acompañado del original para su compulsa.

9.2. Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser

presentada con el original para su compulsa, del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o justificante de haber abonado los derechos de su expedición.

9.3. Informe del Médico de Empresa de esta Corporación

sobre la capacidad funcional para el desempeño de las

tareas de la plaza a que se aspira.

9.4. Declaración jurada o promesa de no haber sido

separado mediante expediente disciplinario de ninguna

Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

9.5. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el

puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo

establecido en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar documentalmente las

condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento,

debiendo presentar certificación del Ministerio,

Corporación Local u Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza

mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser

contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido

incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso, se propondrá para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presenten la

documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de Ley Reguladora de esta

convocatoria.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios

para el buen orden de la convocatoria en todo lo no

previsto en estas bases y disposiciones vigentes que

regulen la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el

Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas bases se

realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse por los

interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un

mes, o directamente recurso contencioso-administrativo

ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir de su

publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Ver Anexo I en página 14.731 del BOJA núm. 99, de 28

de agosto de 2001

ANEXO II

FASE DE CONCURSO

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en esta

Excma. Diputación Provincial en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación: 0,15 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en

cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o

puesto de igual o similar contenido al que se opta,

acreditado mediante la correspondiente certificación

expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que

deberán ser suficientemente acreditativos a través del

contrato de trabajo visado por el Inem y certificados de cotizaciones a la Seguridad Social o cualquier otro

documento de igual fuerza probatoria: 0,05 puntos.

A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente

alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos

profesionales: 4,00 puntos.

B) Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y

perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de

cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3

puntos, aplicados de la siguiente forma:

b.1. Por la participación como asistente o alumno a

cursos, seminarios, congresos y jornadas:

b.1.1. Hasta 14 horas ó 2 días: 0,05 puntos.

b.1.2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

b.1.3. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

b.1.4. 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

b.1.5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

b.1.6. De 201 a 300 horas o de 41 a 60 días: 1 punto.

b.1.7. De 301 a 400 horas o de 61 a 80 días: 1,50 puntos.

b.1.8. De más de 400 horas o de 80 días: 2,00 puntos.

Cuando se acredite que los cursos respectivos han sido

superados con aprovechamiento, la puntuación anterior se incrementará en 0,10 puntos.

b.2. Por la participación como Ponente en cursos,

seminarios o jornadas: 0,10 puntos por cada uno, máximo

0,50 puntos.

C) Titulaciones académicas.

Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y Grupo de Empleado, según lo establecido en el art. 25 de la Ley 30/84, y que sea

relevante para el desempeño de la plaza objeto de la

convocatoria. Se valorará hasta un máximo de 2 puntos,

según el siguiente baremo:

- Grado de Doctor: 2,00 puntos.

- Otra Licenciatura: 1,00 punto.

No se valorarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras superiores puntuadas.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

D) Méritos específicos.

a) Por publicaciones, ponencias, etc., de carácter

científico o técnico y que estén relacionadas con la plaza convocada se otorgará hasta un máximo de 1 punto.

b) Por actividades de cooperación al desarrollo en países del Tercer Mundo en programas vinculados a alguna

Administración Pública española u Organismo Internacional se otorgarán 0,10 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 1 punto.

ANEXO III

EJERCICIOS Y PROGRAMA DE LA OPOSICION

- Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito en un período máximo de 4 horas, dos temas

extraídos al

azar de las materias comprendidas en el Programa Adjunto correspondientes a este ejercicio; uno de los incluidos en el Bloque I y otro de los incluidos en el Bloque II.

El ejercicio será leído por los candidatos en sesión

pública.

Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá

dialogar con los aspirantes sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones

complementarias. El diálogo podrá tener una duración

máxima de quince minutos.

En este ejercicio se valorarán por separado con un máximo de 5 puntos cada uno de los temas, y la suma de ambos

constituirá la puntuación del ejercicio.

- Segundo ejercicio. De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un Proyecto, Memoria o Programa, que

determine el Tribunal, relacionado con la Cooperación

Internacional al Desarrollo. El resultado del ejercicio deberá ser traducido por los opositores a los idiomas

inglés y francés y se introducirá en un sobre

suficientemente identificado que entregará cerrado al

Tribunal. El Tribunal podrá asesorarse de profesionales cualificados para ponderar el dominio de los idiomas de los aspirantes.

En este ejercicio se valorará el dominio de las lenguas extranjeras con un 40%, y el contenido, la aportación

personal del aspirante y su capacidad de síntesis con un

60% sobre los 10 puntos del ejercicio.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de

5 horas.

- Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de 4 horas, dos temas concretos extraídos al azar de las siguientes materias comprendidas en el Programa Adjunto correspondientes a este ejercicio: Uno de los incluidos en el Bloque III y otro de los

incluidos en el Bloque IV.

Los ejercicios serán leídos por los candidatos en sesión pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos.

Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá

dialogar con los aspirantes sobre las materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones

complementarias. El diálogo podrá tener una duración

máxima de quince minutos.

TEMARIO

BLOQUE I. MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes y

significado jurídico. Características y estructura.

Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. La Administración Pública española: Administración

General del Estado. Administración de la Comunidad

Autónoma y Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al

Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley.

Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones de carácter

general.

6. Los derechos del ciudadano ante la Administración

Pública. Consideración especial del interesado.

Colaboración y participación de los ciudadanos en la

Administración, con especial referencia a la

Administración Local.

7. El acto administrativo: Concepto y clases de actos

administrativos. Elementos del acto administrativo.

Eficacia y validez de los actos administrativos.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

11. Organización y competencias municipales/provinciales.

12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales:

Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local: Concepto. Formas de gestión directa e indirecta.

14. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento.

Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los

funcionarios públicos. Clases. Selección. Situaciones

administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. El

personal laboral: Tipología y Selección.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los

Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

17. Los contratos administrativos. Concepto, clases y

elementos.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y

fiscalización.19. El Procedimiento administrativo.

Principios informadores. Las fases del procedimiento.

Procedimientos de ejecución.

20. Los recursos administrativos: Conceptos y clases.

Requisitos generales de los recursos administrativos.

Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Las reclamaciones económico-administrativas. Las

reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía

judicial.

21. Las subvenciones públicas. Definición y

características. Reglamento de la Diputación de Córdoba sobre subvenciones.

22. La intervención administrativa. Clasificación

tradicional de las formas de acción administrativa. El

fomento y sus manifestaciones.

23. Técnicas modernas de gestión pública: Dirección por objetivos de actuaciones públicas. La función directiva. El directivo público.

BLOQUE II. COOPERACION AL DESARROLLO

Y LA UNION EUROPEA

1. El Presupuesto de la Comunidad Europea. La

financiación de las actividades comunitarias y de

Cooperación al Desarrollo.

2. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y

capitales. El fenómeno de la inmigración procedente de

terceros países. Derechos y legalización.

3. La política comercial común de la Unión Europea. Las relaciones comerciales exteriores de la Comunidad Europea.

4. La política de cooperación para el desarrollo de la

Comunidad Europea, con especial consideración del sistema Lomé. Ayuda humanitaria, ayuda de emergencia y ayuda

alimentaria: Objetivos, instrumentos y métodos de gestión.

5. La política regional. La política social. La cohesión económica y social. Los fondos estructurales.

Repercusiones del ingreso en la Unión Europea para la

economía andaluza.

6. Los préstamos y ayudas de la Comunidad Europea:

Instrumentos y mecanismos.

7. Medidas comunitarias en favor del desarrollo local y el empleo. Tipos y características fundamentales.

8. Medidas comunitarias para el desarrollo rural de las Zonas Objetivo 1. Tipos y características fundamentales.

9. La Unión Europea y la igualdad de oportunidades de las mujeres. Apoyos comunitarios para 1996-2000.

10. La importancia de la cooperación transnacional en los programas e iniciativas comunitarios. Metodologías de

trabajo.

11. La cooperación comunitaria con otros países. Especial referencia a América Latina, países de la Europa del Este y del Mediterráneo.

BLOQUE III. DERECHO INTERNACIONAL

Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

1. Los órganos del Estado encargados de las relaciones

internacionales: Organos centrales, misiones diplomáticas y delegaciones en conferencias y órganos internacionales. Las representaciones permanentes ante organizaciones

internacionales.

2. Los órganos del Estado encargados de las relaciones

internacionales: Las misiones diplomáticas y las oficinas consulares. Su régimen a la luz de la Convención de Viena de 1961 y 1963.

3. El régimen español de extranjería. Asilo y refugio. El acceso al trabajo de los extranjeros en España.

4. El Derecho internacional de los derechos humanos.

Principios fundamentales. Declaraciones, convenios y

mecanismos de protección en el ámbito universal: Sistema de las Naciones Unidas.

5. El Derecho internacional de los derechos humanos:

Declaraciones, convenios y mecanismos de protección en los ámbitos regionales, con especial referencia al Consejo de Europa y a la Organización para la Seguridad y la

Cooperación en Europa.

6. Las organizaciones internacionales. Concepto, clases, competencias y régimen jurídico. Los órganos y la adopción de decisiones.

7. Las Naciones Unidas. La Carta. Miembros, estructura

orgánica y funcionamiento.

8. La evolución de las Naciones Unidas en el desempeño de sus funciones, en especial respecto al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales y a la libre determinación de los pueblos.

9. Los organismos especializados y otros organismos del sistema de las Naciones Unidas. Otras organizaciones de ámbito universal.

10. Las Organizaciones internacionales de participación limitada. La Organización de Cooperación y desarrollo

económico. La Organización de Estados Americanos. La

Organización para la Unidad Africana.

RELACIONES INTERNACIONALES Y POLITICA EXTERIOR

11. La sociedad internacional contemporánea.

Universalidad, interdependencia y hetereogeneidad. La

jerarquización en la sociedad internacional.

12. El papel del Estado en las relaciones internacionales. Estado, pueblo y nación. Igualdad jurídica y desigualdad material entre los Estados.

13. Otros actores de la sociedad internacional: Las

fuerzas religiosas, las internacionales de partidos

políticos, sindicales y patronales, las organizaciones no gubernamentales, las empresas transnacionales.

14. Factores condicionantes de las relaciones

internacionales: Geografía, historia y cultura,

demografía, economía, ciencia y tecnología, ideologías.

15. Estructuras sociales y sistemas políticos en

Iberoamérica. El Presidencialismo. Federalismo y

centralización. El municipalismo iberoamericano.

16. Iberoamérica en la actualidad. Los procesos de

democratización. Desarrollo económico y cambios sociales. Procesos de integración regional. Iberoamérica en la

escena internacional.

17. Estructuras sociales y sistemas políticos en el mundo árabe e islámico, Asia Meridional y Africa Subsahariana. La cuestión del Sahara Occidental.

18. La evolución reciente de los países de la Europa

Central y Oriental: Transformaciones económicas, políticas y sociales. Los problemas de su reinserción internacional.

19. La política exterior de España desde 1975: Las

dimensiones europea y atlántica. La política hacia el

Norte de Africa y el Mediterráneo.

20. La política exterior de España desde 1975 hacia

Iberoamérica. La Conferencia Iberoamericana.

BLOQUE IV. ECONOMIA INTERNACIONAL Y COOPERACION AL

DESARROLLO

1. Evolución del sistema económico mundial desde el

patrón oro. Los acuerdos de Breton Woods. Evolución

reciente del sistema monetario internacional.

2. El Fondo Monetario Internacional y el grupo del Banco Mundial. La Organización Mundial del Comercio. Problemas actuales del comercio internacional.

3. El proceso de globalización de la economía. Causas y consecuencias. Las empresas transnacionales. Los

movimientos internacionales de capitales.

4. Economía y demografía. Problemas económicos y sociales relacionados con el crecimiento, la estructura, la

distribución y los movimientos de población en el mundo.

5. La energía y los recursos naturales a escala

internacional. La economía del Medio Ambiente.

6. Economía del desarrollo. Teoría sobre subdesarrollo. Problemas derivados de las desigualdades estructurales en producción, renta y tecnología.

7. Los problemas de la deuda externa y las políticas de ajuste estructural, especialmente en los países en vía de desarrollo.

8. El Comercio exterior de los países en vías de

desarrollo. El sistema de preferencias generalizadas. Los Acuerdos de productos básicos.

9. Instituciones y procesos actuales de cooperación e

integración económicas en América y Africa.

10. El diálogo Norte-Sur. Determinación de los conceptos cooperación y solidaridad.

11. La cooperación para el desarrollo: Concepto, evolución y clases. Papel de la OCDE: Ayuda Oficial para el

desarrollo. Asistencia técnica, donaciones y créditos.

Ayuda humanitaria.

12. El papel de las organizaciones no gubernamentales y demás asociaciones sin ánimo de lucro en la cooperación para el desarrollo. Origen, características, diferencias. Areas de actuación. El voluntariado de cooperación al

desarrollo.

13. La cooperación para el desarrollo descentralizada.

Tendencia actual. Los fondos de ayuda al desarrollo.

Plataforma del 0,7%: Origen, fundamento y consecuencias.

14. La cooperación multilateral para el desarrollo.

Instituciones financieras y no financieras. El sistema de Naciones Unidas: La Conferencia de las Naciones Unidas

sobre el Comercio y el Desarrollo y el Programa de las

Naciones Unidas para el desarrollo. Los Bancos regionales de desarrollo.

15. Cooperación al Desarrollo: Historia, caracterización y eficacia (análisis crítico).

16. El espacio de la Cooperación al Desarrollo en las

relaciones internacionales: El Estado, las

Administraciones Locales y la Sociedad Civil.

17. El papel de las empresas en la Cooperación al

Desarrollo. Financiación. Procesos de privatización de

servicios en países en desarrollo. Las Corporaciones

industriales multinacionales.

18. Cooperación al desarrollo por áreas estratégicas:

Países ACP, países del Mediterráneo, países de Asia y

América Latina.

19. Fondos españoles de Cooperación descentralizada:

Actores y redes institucionales con países receptores.

Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad

Internacional (FAMSI).

20. La política española de cooperación para el

desarrollo. La Ley 23/1998, de Cooperación Internacional para el Desarrollo: Objetivos, instrumentos, coordinación y recursos. La vertiente multilateral de la cooperación española.

21. Organismos estatales encargados de la gestión de la política de desarrollo. Bases generales del M.AA.EE. para concesión de subvenciones con destino a proyectos de

desarrollo.

22. Financiación de la cooperación para el desarrollo.

Cooperación reembolsable y no reembolsable. Créditos FAD: Objetivos, funcionamiento y resultados.

23. Programa de las N.U. para el desarrollo (PNUD).

Informes de desarrollo humano: Concepto, indicadores y

evolución.

24. La participación de la Junta de Andalucía en la

Cooperación para el desarrollo. La Oficina de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Córdoba.

25. Identificación, ejecución, seguimiento, control y

evaluación de proyectos de cooperación.

26. Sensibilización de la sociedad. Educación para la paz y la solidaridad. Educación para el desarrollo: Agentes y objetivos.

27. El comercio justo y el consumo responsable: Definición y características. Financiación de la producción, redes de distribución y comercialización, y estrategias de

implantación en los países del Norte.

EL DESARROLLO LOCAL

28. Concepto de desarrollo y su evolución. Quiebra de

los sistemas tradicionales.

29. Posibilidades de desarrollo local en el medio rural. Marco de referencia para una estrategia de desarrollo.

30. Los aspectos fundamentales del entorno como base del desarrollo.

31. Bases, criterios e instrumentos para el

establecimiento de estrategias de planificación en

espacios rurales.

32. Evaluación de programas y políticas. Concepto y diseño de metodologías de seguimiento de programas de desarrollo.

33. El mercado y los organismos de promoción económica. Oferta y demanda de servicios para el desarrollo local.

34. La dinamización en el medio rural. Factores

activadores de la capacidad emprendedora de entornos

locales.

35. Análisis de proyectos de inversión. Estudio de los

instrumentos de evaluación.

36. Los recursos humanos como factor de desarrollo local. El desarrollo local y la orientación al empleo.

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