Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 13/09/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 27 de agosto de 2001, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se da publicidad a la aprobación de la transferencia a la Diputación Provincial de Almería, en concepto de Planes Provinciales de Obras y Servicios para 2001 y 2002.

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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su artículo 8 los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios de competencia municipal.

En base a dichos criterios, la Orden de 19 de julio de 2001, de la Consejería de Gobernación, establece la distribución de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 2001 y 2002, delegando, en el art. 2, en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la Resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aportación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 2 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 19 de julio de 2001,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Almería, por importe de 294.497.764 ptas., correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al Plan Provincial de Obras y Servicios para 2001.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

01.11.00.01.04.76501.81.A.1, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se hará efectiva mediante abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándose el

25% restante, con cargo al 2002 una vez haya sido justificado el primer pago.

Tercero. El ingreso de la transferencia deberá justificarse, en el plazo de tres meses a partir de la fecha de materialización de cada pago, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, mediante una certificación con indicación del número y fecha del correspondiente asiento contable.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Organo, en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondiente órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las A.P. y P.A.C. y el art. 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Almería, 27 de agosto de 2001.- El Delegado del Gobierno Acctal., P.D. (Dcto. 256/97, de 28.10), Juan José Luque Ibáñez.

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