Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 18/09/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 29 de agosto de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se crea el puesto de Secretaría en la Diputación Provincial de Jaén, y se clasifica en Secretaría de clase tercera.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la solicitud formulada por la Excelentísima Diputación Provincial de Jaén, relativa a la creación en la Plantilla de Personal Funcionario de esa Corporación Provincial de una plaza de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, en base al Acuerdo adoptado por el Pleno de esa Diputación Provincial en sesión celebrada el día 5 de marzo de 2001.

Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los artículos 159 y 161.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y en relación con lo dispuesto en el artículo

11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Crear en la Plantilla de Personal Funcionario de la Excelentísima Diputación Provincial de Jaén, el puesto de Secretaría de clase tercera, para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de agosto de 2001.- El Director General, P.S. (Orden de 23.7.01), La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Rosa Bendala García.

Descargar PDF