Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 18/09/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 13 de febrero de 2001, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se realiza la declaración de impacto ambiental del Proyecto de Construcción Adenda I al Gasoducto Puente Genil-Málaga, provincia de Málaga, promovido por Enagas. (PP. 2226/2001).

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Con fecha 9 de junio de 2000 se produce Resolución del Director General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por la que se realiza la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto «Gasoducto Puente Genil-Málaga¯, promovido por Enagas.

Así mismo, se produce Resolución del Director General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de fecha 10 de noviembre de

2000, por la que se realiza Declaración de Impacto Ambiental Complementaria sobre el Proyecto de «Gasoducto Puente Genil- Málaga¯, promovido por Enagas.

Con fecha 18 de julio de 2000, la empresa Enagas, S.A., presentó ante la Subdelegación del Gobierno en Málaga (Dependencia del Area de Industria y Energía) el proyecto «Adenda I Gasoducto Puente Genil-Málaga. Provincia de Málaga¯, junto con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, en aplicación de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía, y Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El referido proyecto está sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por encontrarse comprendido en el epígrafe 26 del Anexo Primero de la Ley 7/1994, y consiste en la incorporación de cinco modificaciones del trazado original del gasoducto con objeto de adaptar la traza a varias infraestructuras viarias actualmente en fase de estudios previos o redacción del proyecto. Los nuevos trazados discurren dentro del pasillo seleccionado para el Gasoducto Puente Genil- Málaga, siendo en todos los casos variaciones de muy escasa entidad.

La Subdelegación del Gobierno en Málaga procedió a la realización del trámite de Información Pública del proyecto técnico y correspondiente Estudio de Impacto Ambiental mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 19 de octubre de 2000, en el Boletín Oficial del Estado de 25 de octubre de 2000, en el periódico «El Sur¯ de 11 octubre de 2000 y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados por el proyecto: Antequera, Cártama, Coín, Humilladero y Málaga.

Concluido el trámite de información pública no se han presentado alegaciones de carácter ambiental durante el período preceptivo de exposición al público, según consta en escrito de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga de 18 de enero de 2001.

En base a lo expuesto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía, y en los artículos 9.1, 25 y 27 del Decreto 292/95, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se procede a realizar y a hacer pública para general conocimiento, la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Adenda I Gasoducto Puente Genil-Málaga. Provincia de Málaga¯, promovido por Enagas, S.A., en los términos municipales de Antequera, Cártama, Coín, Humilladero y Málaga.

Según informe elaborado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, las cinco modificaciones que forma el proyecto son en todos los casos variaciones de trazado de muy escasa entidad, por lo que se consideran vigentes para las mismas los condicionantes establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental de 9 de junio de proyecto «Gasoducto Puente Genil-Málaga¯.

Por consiguiente, analizada la documentación aportada por el promotor y a propuesta del Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Málaga,

R E S U E L V O

Declarar viable a los efectos ambientales, el proyecto

«Adenda I. Gasoducto Puente Genil-Málaga. Provincia de Málaga¯, promovido por Enagas, S.A. en los términos municipales de Antequera, Cártama, Coín, Humilladero y Málaga.

Por lo tanto, se considera que la actuación puede ser

ambientalmente viable, siempre que se cumplan las

especificaciones indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental, en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental de 9 de junio del «Gasoducto Puente Genil-Málaga¯ y lo establecido en la presente Declaración de Impacto Ambiental.

Esta Declaración de Impacto Ambiental no exime de las demás autorizaciones a que hubiere lugar.

Notifíquese la presente al promotor del proyecto objeto de esta Declaración de Impacto Ambiental.

Sevilla, 13 de febrero de 2001.- El Director General, Juan Espadas Cejas.

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