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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 11 de abril de 2001, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1454/98, promovido por Banco de Andalucía, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que, estimando en parte el recurso formulado por la compañía «Banco de Andalucía¯ contra la resolución que se dice en el Antecedente Primero de esta sentencia, debemos anular y anulamos dicha Resolución, por no ser ajustada a Derecho, en cuanto impone una sanción 10.001 ptas. por infracción del artículo 94.2 del Estatuto de los Trabajadores, que dejamos sin efecto, en tanto que debe mantenerse la sanción de 250.000 ptas. por la otra infracción, sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 25 de septiembre de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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