Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 30/01/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 20 de diciembre de 2000, de la Delegación Provincial de Granada, relativa a la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras Renovación y mejora del trazado del eje ferroviario transversal, línea Bobadilla-Granada. Tramo Loja-Tocón. Clave T-51044-ON6-4G.

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Con fecha 21 de junio de 2000, la Dirección General de Transportes aprobó el proyecto referenciado, ordenando a esta Delegación la incoación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, expediente que se tramita por el procedimiento de urgencia al amparo de lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el art. 153 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Provincial, en el ejercicio de las facultades que le confiere el art. 98 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, en relación con las disposiciones orgánicas que conforman la estructura y funcionamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Decreto 4/1985, de 8 de enero, ha acordado:

Primero. Iniciar el procedimiento expropiatorio por vía de urgencia respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado.

Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, en el de los Ayuntamientos de Loja, Villanueva de Mesía, Huétor Tájar e Illora, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia y diario «Ideal¯ de Granada, valiendo como edictos en general respecto a posibles interesados no identificados y en especial por lo que se refiere a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según lo previsto en el art. 52.2 de la LEF, y art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Los días señalados para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes, y su comparecencia en los Ayuntamientos de Villanueva de Mesía, Illora, Huétor Tájar y Loja, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas afectadas si se considera necesario, serán notificados personalmente a los interesados mediante cédula. A dicho acto deberán asistir los titulares de los bienes y derechos que se expropian, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del año en curso y Documento Nacional de Identidad, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario si lo estiman oportuno.

La presente Resolución se notificará personalmente a los Sres. Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos afectados. Publicada esta Resolución y hasta el momento de las Actas Previas, los interesados podrán formular, por escrito, ante esta Delegación (Avda. Madrid, núm. 7, 4.ª planta), alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Granada, 20 de diciembre de 2000.- El Delegado, Pedro Julián Lara Escribano.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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