Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 25/10/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE TABERNO

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD, POR PROMOCION INTERNA Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION, DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO. OFERTA DE EMPLEO PARA 2001. BASES APROBADAS POR EL PLENO DE ESTA CORPORACION MUNICIPAL EN SESION DE 26.9.2001

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso- oposición, de una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, dotada con las retribuciones del Grupo C.

Segunda. Legislación aplicable.

Para lo no previsto en estas bases o aquello que las contradigan, será de aplicación las disposiciones de régimen local que correspondan y en concreto, la Ley 30/84, de 2 de agosto; Ley 7/85; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir antes de que termine el último día de presentación de solicitudes los siguientes requisitos.

a) Nacionalidad española.

b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente, o reunir alguna de las condiciones indicadas en el art. 61 de la Ley

42/94, de 30 de diciembre, sobre medidas fiscales, administrativas o de orden social.

c) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas y a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad establecidas en la legislación vigente.

f) Tener la condición de funcionario de carrera al servicio del Ayuntamiento de Taberno, con una antigüedad mínima de cinco años de trabajo efectivo en el desempeño de la plaza de Auxiliar Administrativo.

Cuarta. Solicitudes.

4.1. La presente convocatoria y sus bases se publicará en el BOP y en el BOJA, el anuncio de la misma se publicará en el BOE.

4.2. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOP, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud, dirigida a la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 3.ª de la convocatoria.

4.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo.

4.4. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso acompañarán a su instancia los documentos

acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Los documentos serán originales o fotocopias compulsadas.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas la lista de admitidos y excluidos con indicación de la causa. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se concederá el plazo de diez días para la subsanación de defectos a los aspirantes excluidos, de acuerdo con lo establecido en el art.

71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.2. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que dicte el Alcalde-Presidente, declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta Resolución se hará pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el B., indicándose en el mismo lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal.

5.3. En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiera de modificar el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal, deberá publicarse en el BOP.

Sexta. Tribunal Calificador.

6.1. De acuerdo con el Real Decreto 896/91, de 7 de julio, el Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal en el que delegue. Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Dos Concejales del Ayuntamiento.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y voto.

6.2. Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

6.3. Todos los Vocales, de conformidad con lo preceptuado en el art. 4.º del Real Decreto 896/91, de 7 de junio, deberán estar en posesión de titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

6.4. El Tribunal, para aquellas pruebas en las que considere conveniente, podrá recabar la colaboración de Asesores

Técnicos, que actuarán con voz pero sin voto, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica.

Séptima. Convocatoria y desarrollo de las pruebas.

7.1. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

7.2. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será

obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores.

Octava. Proceso selectivo.

8.1. El proceso selectivo contará de las siguientes fases y pruebas:

Primera fase: Concurso.

Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados con arreglo al siguiente baremo:

a) Méritos profesionales:

- Por cada año de servicios prestados como Auxiliar

Administrativo al Ayuntamiento de Taberno: 0,50 puntos.

- Por cada año prestado a empresas privadas o públicas, en puestos o plaza de similar naturaleza al convocado: 0,30 puntos, que acreditará mediante contrato de trabajo o

certificación de la empresa.

El número máximo de puntos que se otorguen por méritos

profesionales no será superior a cuatro puntos.

Segunda fase: Oposición.

El ejercicio constará de una prueba eliminatoria.

Prueba práctica. Versará sobre conocimientos y manejo de los módulos de aplicación informática del Ayuntamiento de Taberno, con especial incidencia en tratamiento de textos, Haciendas Locales, Padrón de Habitantes y contabilidad. La resolución de los supuestos se efectuará en tiempo máximo de una hora.

La calificación de la prueba será de cero a diez puntos, necesitándose un mínimo de cinco puntos para aprobar.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, quedando seleccionado el aspirante con mayor puntuación.

Novena. Relación de aprobados.

El Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, con especificación de la puntuación obtenida por cada aspirante en el tablón de anuncios del Ayuntamiento o del lugar donde se celebren las pruebas. Dicha relación será elevada al Sr. Alcalde con la propuesta de nombramiento, que será recogida en el acta de la sesión.

Décima. Presentación de documentos.

1.º En el plazo de veinte días naturales, el aspirante aprobado presentará en el Registro General los documentos exigidos en la base 3.ª

Si en el plazo fijado, salvo caso de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o no cumpliesen los requisitos exigidos en las bases, no podrá ser nombrado funcionario de carrera, quedando anuladas sus actuaciones.

El plazo para la toma de posesión será de un mes desde el día siguiente a la notificación al interesado del nombramiento.

Undécima. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán se impugnados por los interesados en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Taberno, 3 de octubre de 2001.- El Alcalde, Domingo Sánchez Guirao.

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