Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 25/10/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de agosto de 2001, por la que se concede autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior al Centro Docente Privado Nuevas Profesiones I de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de doña M.ª José Uruñuela Mesa, como representante de la entidad «Nuevas Profesiones, S.A.¯, titular del Centro Docente Privado «Nuevas Profesiones I¯, sito en Sevilla, Calle Isabela, núms. 1 y 3, solicitando autorización definitiva para impartir las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior, según lo dispuesto en el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General y el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional específica.

Resultando que el Centro Privado «Nuevas Profesiones I¯ de Sevilla, por Orden de 5 de septiembre de 2000, (BOJA de 14 de octubre), tiene autorización definitiva para impartir los siguientes Ciclos Formativos de Grado Superior: Dos Ciclos de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos con

60 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas con 30 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional con 30 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing con 30 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Gestión del Transporte con 30 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Servicios al Consumidor con 30 puestos escolares, un Ciclo de Técnico Superior en Alojamiento con 30 puestos escolares y un Ciclo de Técnico Superior en Agencias de Viajes con 30 puestos escolares.

Resultando que solicita autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior: Un Ciclo Formativo de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos con 30 puestos escolares, dos Ciclos Formativos de Técnico Superior en Información y Comercialización Turística con 60 puestos escolares, un Ciclo Formativo de Técnico Superior en Administración y Finanzas con 30 puestos escolares y un Ciclo Formativo de Técnico Superior en Secretariado con 30 puestos escolares.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de

14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto

4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, al Centro Privado «Nuevas Profesiones I¯ de Sevilla, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del Centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: «Nuevas Profesiones I¯.

Titular: Nuevas Profesiones, S.A.

Domicilio: Calle Isabela, núms. 1 y 3.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código núm.: 41701471.

Enseñanzas que podrán autorizarse:

Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Administración de Sistemas Informáticos.

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Comercio Internacional.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Gestión Comercial y Marketing.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Gestión del Transporte.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Servicios al Consumidor.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Alojamiento.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Agencias de Viajes.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Información y Comercialización Turística.

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Administración y Finanzas.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Secretariado.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Segundo. El Centro quedará autorizado provisionalmente hasta su extinción, según el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, para la impartición de las enseñanzas de Formación Profesional de Segundo Grado

autorizados al Centro Docente Privado «Nuevas Profesiones¯ (Código 41007047), por cese total de actividades a la

finalización del presente curso académico 2000/01.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2001/2002.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de agosto de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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