Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 06/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 9 de octubre de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Valverde del Camino (Huelva), de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto denominado Acondicionamiento de Espacio Público La Charca.

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El Ayuntamiento de Valverde del Camino (Huelva), mediante acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno, de 20 de febrero de 2001, ratificado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 30 de julio actual, inició expediente expropiatorio de una parcela de 224,83 m de superficie, afectada por la obra «Acondicionamiento del Espacio Público La Charca¯.

Al propio tiempo, se interesó de este Consejo la declaración de urgente ocupación del citado bien, una vez entendida implícita la declaración de utilidad pública del mismo, al amparo de lo establecido en el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1992, de

26 de junio, en relación con el artículo único de la Ley

1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de régimen del suelo y ordenación urbana, dado que en las Normas Subsidiarias de Planeamiento correspondientes al término municipal de Valverde del Camino, aprobadas por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el día 15 de marzo de

1999, se prevé un espacio dotacional en la zona de «La Charca¯.

La declaración de urgente ocupación que se solicita tiene su fundamento en que las obras proyectadas tienen como finalidad la urbanización de terrenos dentro del suelo urbano de la población, y el hecho de no disponer de la totalidad de los mismos motiva que no se pueda realizar íntegramente el movimiento de tierras y la instalación de la red de saneamiento, situación que produce la libre afluencia de aguas subterráneas, que antes de desaguar por el único sumidero que perdura, crea una gran lámina de agua que favorece la nidificación de insectos y malos olores, dando lugar a una situación sanitaria inadecuada para un espacio público dentro del casco urbano.

Esta situación genera y nutre un permanente estado de insalubridad en unos terrenos colindantes con la Residencia de ancianos y con el Club del pensionista de la localidad, por lo que su urbanización se hace urgente para regularizar la situación, no solamente sanitaria, sino también a nivel dotacional de la barriada.

Identificado plenamente el bien objeto de ocupación y practicada la información pública en el Diario «Huelva Información¯, de 24 de febrero de 2001 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 62, de 16 de marzo de 2001, se presentaron alegaciones por los hermanos Banda Bragado, propietarios del terreno afectado, en el sentido de que la parcela objeto de expediente expropiatorio está cedida, en precario, a don Manuel Llanes Marín, por lo que consideran que éste ha de ser también parte en el expediente, así como sobre el precio del terreno, siendo estimada la alegación relativa a que el precarista sea parte del expediente y siendo desestimada la alegación relativa al precio de la parcela, a dilucidar en otra fase del procedimiento, mediante acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno del citado Ayuntamiento, en la sesión celebrada el día 2 de mayo de 2001.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte del Ayuntamiento de Valverde del Camino (Huelva), procede acceder a las solicitud formulada por la citada Corporación y declarar, en consecuencia, la urgente ocupación pretendida al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo

56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

La Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, permiten adoptar el presente Acuerdo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de octubre de 2001,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Valverde del Camino, de la provincia de Huelva, de los bienes y derechos afectados por la obra denominada «Acondicionamiento del Espacio Público La Charca¯ y cuya descripción es la siguiente.

Parcela sita en C/ Santa Bárbara, núm. 21, con una extensión superficial de 224,83 m, de forma rectangular y que linda a la derecha con doña Manuela Banda Gómez, izquierda con don Cristóbal Banda Gómez y fondo con antigua vía del ferrocarril.

Situación jurídica: Sobre la finca está constiuido un derecho de usufructo, del que es titular don Tomás Banda Gómez, con domicilio en C/ El Cerro, núm. 38, estando cedida en precario a don Manuel Llanes Marín, con domicilio en C/ Antonio

Bienvenida, núm. 26. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de esta ciudad al Folio 131, Tomo 521, Finca 5.666, inscripción 1.

Los copropietarios afectados son: Don Antonio Banda Bragado, C/ Orquídea, núm. 23, doña Cristobalina Banda Bragado, C/ Antonio Bienvenida, núm. 24, doña María Dolores Banda Bragado, C/ Virgen de España, sin, Candón (Beas), don José Luis Banda Bragado, C/ Velázquez, núm. 6, y don Francisco Banda Bragado, C/ La Calleja, núm. 44.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 9 de octubre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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