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De conformidad con lo establecido en la base 9 del Anexo I de la Resolución de 30 de julio de 1998 (BOJA núm. 93, de 20 de agosto), por la que se convoca concurso-posición para cubrir plazas básicas vacantes de Trabajadores Sociales de Atención Primaria y Areas Hospitalarias dependientes del Organismo, y finalizado el plazo de elección de plazas y presentación de documentos establecido en la Resolución de 13 de octubre de
2000 (BOJA núm. 120 de 19 de octubre), por la que se publica la Resolución definitiva de aspirantes que han superado el concurso-oposición citado, esta Dirección General de Personal y Servicios, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo dispuesto en la base.1 de la citada Resolución de
30 de julio de 1998, y en el Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,
HA RESUELTO
Primero. Acordar el nombramiento como personal estatutario en la categoría de Trabajadores Sociales de Atención Primaria y Areas Hospitalarias de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para la cobertura de plazas básicas vacantes de dicha categoría, convocado por la Resolución de 30 de julio de 1998, que se relacionan en Anexo a la presente Resolución, con expresión del destino que se les adjudica.
Segundo. El plazo de toma de posesión será de un mes, improrrogable, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. El personal que desee efectuar la opción prevista en el art. 26.2 del Decreto 232/1997, de 7 de octubre (BOJA núm.
125, de 25 de octubre), o en el art. 10 de la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas (BOE núm., de 4 de enero de
1985), solicitando la excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público en la plaza que le es adjudicada en la presente Resolución, habrá de dirigir escrito a la Dirección General de Personal y Servicios, Avda. de la Constitución, núm. 18, 41071, Sevilla, dentro del plazo establecido en el apartado primero de la misma, debiendo aportar toda la documentación acreditativa de la prestación de servicios en el sector público alegada. Dicha solicitud será resuelta de forma motivada e individualizada por esta Dirección General.
Cuarto. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas referidas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa de imposibilidad debidamente acreditada y así apreciada por esta Dirección General.
Sevilla, 22 de enero de 2001.- El Director General de Personal y Servicios, Rafael Burgos Rodríguez.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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