Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 20/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 29 de octubre de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de la plaza de Secretaría de Tercera Clase entre los Ayuntamientos de Busquístar y Trevélez (Granada).

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El Ayuntamiento de Busquístar (Granada), por Acuerdo Plenario de fecha 30 de junio de 2000, presta su aprobación a la disolución de la Agrupación para el sostenimiento de la plaza de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Busquístar y Trevélez (Granada). La Excma. Diputación de Granada, mediante Acuerdo Plenario de fecha 20 de octubre de

2000, informa favorable dicha iniciativa de disolución de la Agrupación.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio; 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo, y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y el artículo 11.1.e) del Decreto

139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer:

Artículo único.

Primero. Se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento de la plaza de Secretaría de Tercera Clase entre los Ayuntamientos de Busquístar y Trevélez (Granada).

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 29 de octubre de 2001.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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