Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 22/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 11 de octubre de 2001, por la que se hacen públicas determinadas subvenciones a favor del promotor público EMSISA, Empresa Municipal de Suelo Industrial, SA, para la construcción de 82 viviendas de Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler (RAPPA), en barriada San Sebastián-Solagitas, término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz), al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por don Gonzalo Millera Viñuales, en representación de EMSISA, Empresa Municipal de Suelo Industrial, S.A., se solicita, al amparo del Decreto 166/1999, de 27 de julio, las subvenciones a fondo perdido establecidas en la Sección Primera, Capítulo II, del Título I de dicho Decreto, correspondientes a la promoción de 82 viviendas de Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler, en barriada San Sebastián-Solagitas, término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz).

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de

27 de enero de 2000.

De conformidad con el artículo 67 del Decreto anteriormente aludido, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía podrá subvencionar a fondo perdido la actuación protegible en los términos establecidos en dicho artículo.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. a) Se concede a EMSISA una subvención a fondo perdido por un importe del 15% del precio de referencia establecido en el artículo 64 del citado Decreto, sin incluir anejos vinculados, con destino a financiar la promoción de 82 viviendas de Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler en barriada San Sebastián-Solagitas, término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz), y que asciende a un total de setenta y ocho millones quinientas setenta y nueve mil quinientas setenta y ocho pesetas (78.579.578 ptas.), equivalente a cuatrocientos setenta y dos mil doscientos setenta y dos euros y setenta y ocho céntimos (472.272,78 euros).

Dicha subvención será abonada en tres plazos según el siguiente calendario:

- Un 20% de la subvención a la iniciación de las obras, lo cual deberá acreditarse mediante certificado emitido por el arquitecto director de las mismas, con el visto bueno de los Servicios Técnicos de la Delegación Provincial correspondiente.

- Un 50% de la subvención al cumplimiento del hito de obra correspondiente a albañilería y cubierta, lo cual deberá acreditarse mediante certificado emitido por el arquitecto director de las obras, con el visto bueno de los Servicios Técnicos de la Delegación Provincial correspondiente.

- El 30% restante de la subvención a la terminación de las obras, lo cual deberá acreditarse con el Certificado Final de Actuación Protegida.

Para poder tramitar el abono de los plazos segundo y tercero anteriores, deberá, asimismo, acreditarse mediante certificación expedida por el órgano competente de la entidad perceptora (Promotor Público), que las cantidades percibidas con anterioridad han sido aplicadas en su totalidad a la financiación de las obras.

b) Se concede a EMSISA, una subvención equivalente al 68% del precio de referencia citado anteriormente, destinada a la amortización del capital más los intereses que resulten de la devolución del préstamo obtenido para la financiación de la mencionada actuación, sin incluir los intereses de carencia.

El abono de esta subvención será aplazado en 25 anualidades sucesivas coincidentes con la amortización del préstamo, incrementadas con los intereses correspondientes a dicho aplazamiento.

El importe total de dicha subvención, incluyendo los intereses de su aplazamiento, es de quinientos cincuenta y seis millones novecientas veintisiete mil cincuenta y cinco pesetas

(556.927.055 ptas.), equivalente a tres millones trescientos cuarenta y siete mil ciento noventa y nueve euros y un

céntimo, (3.347.199,01 euros).

Para poder tramitar el abono de la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse, mediante certificación

expedida por la entidad prestamista, que los importes

percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito.

Segundo. El abono de estas subvenciones se efectuará por anualidades según el Cuadro de anualidades que se adjunta.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de dichas anualidades, en orden a ajustarla a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras

incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Tercero. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 11 de octubre de 2001

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

CUADRO DE ANUALIDADES SUBVENCION RAPPA

Expediente: CA-00/19-RAPPA.

Promoción: 82 viviendas en Bda. San Sebastián-Solagitas. Municipio: Chiclana de la Frontera (Cádiz).

Promotor: EMSISA, SA.

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