Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 24/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 241/2001, de 30 de octubre, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales y a la Consejería de la Presidencia.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante el presente Decreto la Consejería de Asuntos Sociales cumple el objetivo de adaptar su correspondiente relación de puestos de trabajo a lo dispuesto en la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas. Dicha norma, en su artículo 27, atribuye a la Administración de la Junta de Andalucía las competencias de planificación general, evaluación y coordinación de las funciones y servicios que en materia de prevención y asistencia sobre drogas desarrollen las administraciones públicas andaluzas. Por ello las modificaciones más sustanciales contenidas en este Decreto afectan al Comisionado para las Drogodependencias adscrito a los Servicios Centrales de la Consejería de Asuntos Sociales. Por otra parte, se incluyen determinadas modificaciones localizadas en la Viceconsejería, Secretaría General Técnica, Dirección General de Bienestar Social, y en centros dependientes de ciertas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales, así como en la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 8.3.d) del V Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de octubre de

2001,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales.

1. La relación de puestos de trabajo correspondiente al Comisionado para las Drogodependencias queda aprobada en los términos expresados en el anexo 1 del presente Decreto.

2. La relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales queda modificada parcialmente en los términos expresados en el anexo 2 del presente Decreto.

Artículo 2. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de la Presidencia. La relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de la Presidencia queda modificada parcialmente en los términos expresados en el anexo 3 del presente Decreto.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de octubre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

Descargar PDF