Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 04/12/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MOTRIL

EDICTO de 9 de octubre de 2001, del Organismo Autónomo Local, Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis, por el que se hace público la Oferta de Empleo Público, correspondiente al año 2001, así como de las bases que regirán sus convocatorias.

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D. Luis Manuel Rubiales López, Ilmo. Sr. Presidente del Organismo Autónomo Local «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯, de la ciudad de Motril, en virtud de las competencias atribuidas por la legislación vigente y por los Estatutos que rigen dicha entidad:

D I S P O N E

La publicación en el BOJA de la Oferta de Empleo Público de dicho Organismo, correspondiente al año 2001 así como de las bases que regirán las convocatorias correspondientes, tras su aprobación por el Consejo Municipal del Patronato de la Residencia en sesión de fecha 27 de Junio del actual, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 6.º del R.D.

896/1991, de 7 de junio.

Lo que se hace público para general conocimiento en Motril, a 9 de Octubre de 2001.- El Presidente.

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO OPOSICION LIBRE, DE CUATRO PLAZAS DE GEROCULTOR/A-AUXILIAR DE CLINICA EN GERIATRIA PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DE LABORALES FIJOS DEL ORGANISMO AUTONOMO LOCAL «PATRONATO DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS, SAN LUIS¯

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen de contratación indefinida, mediante el procedimiento del concurso oposición libre, de cuatro plazas de GEROCULTOR/A - AUXILIAR DE CLINICA EN GERIATRIA para el Organismo Autónomo Local, «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯.

Los/as aspirantes que resulten seleccionados percibirán las retribuciones correspondientes a la categoría profesional que, a efectos económicos queda asimilada al grupo D, según el Convenio Colectivo que le es de aplicación.

A quienes les correspondan cubrir estas plazas se les encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

a) Higiene personal del usuario.

b) Según el plan funcional de las residencias, habrá de efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios del residente, hacer las camas, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y colaborar en el mantenimiento de las habitaciones. c) Dar de comer a aquellos usuarios que no lo puedan hacer por sí mismos. En este sentido, se ocupará igualmente de la recepción de distribución de las comidas a los usuarios. d) Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares de acuerdo con su preparación técnica que le sean encomendados.

e) Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los usuarios.

f) Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.

g) Acompañar al usuario en las salidas, paseos, gestiones, excursiones, juegos y tiempo libre en general. Colaborar con el equipo de profesionales mediante la realización de tareas elementales que complementen los servicios especializados de aquellos, en orden a proporcionar la autonomía personal del residente y su inserción en la vida social. h) En todas las relaciones o actividades con el residente, procurar complementar el trabajo asistencial, educativo y formativo que reciban de los profesionales respectivos. i) Actuar en coordinación y bajo la responsabilidad de los profesionales de los cuales dependan directamente. j) Guardar absoluto silencio sobre los procesos patológicos que sufran los residentes, así como asuntos referentes a su intimidad.

k) En general, todas aquellas actividades que no

habiéndose especificado antes le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo los/as aspirantes deberán reunir, antes de que finalice el último día de

presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, desarrollada por el Real Decreto 800/1995. b) Estar en posesión del Título de Auxiliar de Clínica o en condiciones de obtenerlo antes de que expire el plazo de presentación de instancias.

c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que

impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No estar incurso/a en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, de las establecidas en la legislación vigente.

Tercera. Presentación de solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso

selectivo, se encuentran a disposición de los/as interesados/as en el Negociado de Información y Registro del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril.

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Presidente del

Organismo Autónomo Local «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯, podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Motril (Plaza de España, 1) o bien conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente al de la

publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. El/la aspirante deberá declarar en la instancia que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria e irán referidos al último día de presentación de solicitudes, debiendo adjuntar a la instancia copia del DNI, de la titulación exigible, del curriculum vitae, así como de los documentos que el/la aspirante pretenda que puntúen en la fase de concurso.

Cuarta. Admisión de los/as aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Organismo Autónomo Local, «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯, dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Motril se señalará un plazo de diez días hábiles para que subsane la falta o en su caso acompañe los documentos preceptivos, indicándole que de no hacerlo así se le tendrá por desistido/a en su petición con los efectos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1982, de 26 de noviembre.

4.2. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que se dicte al efecto, declarando aprobada la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as que se hará pública igualmente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Motril, en la que se determinará el lugar fecha y hora de realización de los ejercicios así como la composición del Tribunal Calificador.

Quinta. Tribunal calificador.

5.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.e) del R.D. 896/91 de 7 de Junio, el Tribunal estará compuesto por los/as siguientes miembros:

Presidente:

Titular: Presidente del Organismo Autónomo Local,

«Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯, don Luis Manuel Rubiales López.

Suplente: Vicepresidenta del Organismo Autónomo Local, «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯, doña M.ª Teresa García Palomares.

Vocales:

Titular: Representante designado por la Comunidad

Autónoma.

Suplente: Representante designado por la Comunidad

Autónoma.

Titular: Directora del Patronato de la Residencia de

Ancianos San Luis.

Suplente: Persona en quien delegue

Titular: Concejal/a designado por el Partido Popular.

Suplente: Concejal/a del mismo grupo político que el/la titular, en quien delegue.

Titular: Concejal designado por la ADMI.

Suplente: Concejal del mismo grupo político que el

titular, en quien delegue

Titular: Concejal por el Partido Andalucista.

Suplente: Concejal/a del Ayuntamiento de Motril en quien delegue.

Titular: Concejal designado por Izquierda Unida.

Suplente: Concejal/a del mismo grupo político que el

titular en quien delegue.

Titular: Representante designado/a por el Comité de

Empresa.

Suplente: Representante designado/a por el Comité de

Empresa.

Titular: Vocal designado/a por la Dirección del Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis.

Suplente: Vocal designado/a por la Dirección del Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis.

Titular: Empleado designado por el Ayuntamiento de Motril. Suplente: Empleado designado por el Ayuntamiento de

Motril.

Titular: Vocal designado/a por la Dirección del Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis.

Suplente: Vocal designado/a por la Dirección del Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis.

Secretaria/o (con voz y sin voto):

Titular: Secretaria de la Comisión del Organismo Autónomo Local, «Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis¯. Suplente: Persona designada por el Presidente del

Patronato.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del mismo, calificar la prueba establecida y aplicar los baremos correspondientes teniendo, además, competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en las bases.

Será, además, responsable del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos

establecidos, tanto para la realización y valoración de la prueba, como para la publicación de sus resultados.

5.3. En caso de no hallarse presente el Presidente del Tribunal, o suplente, asumirá sus funciones el/la Vocal de mayor edad. El/la de menor edad sustituirá al/la Secretario/a en caso de ausencia de éste o su suplente.

5.4. El Tribunal, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para todas o algunas de las pruebas, asesorando al órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de su especialidad técnica, actuando con voz y sin voto.

5.5. El/la Secretario/a del Tribunal Calificador actuará con voz y sin voto, salvo en el supuesto en que el Tribunal, por ausencia de alguno/a de sus miembros titulares y suplentes, esté compuesto por número par.

5.6. Los/as miembros del Tribunal se abstendrán de

intervenir y los/as aspirantes podrán promover la recusación de los/as mismos/as cuando concurran algunas de las causas previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

A estos efectos, el/la Presidente/a del Tribunal podrá exigir a los/as miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos/as en las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la LRJAP y PAC.

Sexta. Convocatoria y desarrollo de las pruebas.

6.1. La actuación de los/as aspirantes se iniciará por el apellido que comience por la letra «R¯, conforme al resultado del sorteo público realizado en el Ayuntamiento de Motril, publicado en el Boletín Oficial de Provincia núm. 205 de

6.9.2000.

6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada

ejercicio en llamamiento único siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.3. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.

Séptima. Proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de las siguientes pruebas, que deberán asegurar la objetividad y racionalidad de la selección:

7.1. Fase de concurso.

El Tribunal valorará los méritos alegados y

documentalmente justificados, con arreglo al siguiente baremo:

a) Méritos profesionales.

- Por cada semestre de servicios prestados realizando las funciones propias de un/a Auxiliar de Clínica - Gerocultor/a en el Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis: 0'25 puntos. - Por cada semestre de servicios prestados realizando las funciones propias de un/a Auxiliar de Clínica - Gerocultor/a en otras residencias de iguales o similares características: 0'10 puntos.

Se valorarán proporcionalmente los servicios que se hayan prestado por tiempo inferior a seis meses.

El número máximo de puntos que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 1'50 puntos.

b) Formación.

Siempre que su contenido se encuentre estrechamente

relacionado con los contenidos de la plaza y se acredite su realización y número de horas, se puntuarán conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 0'50 puntos:

- De 20 a 40 horas: 0'01 puntos por curso.

- De 41 a 70 horas: 0'02 puntos por curso.

- De 71 a 100 horas: 0'05 puntos por curso.

- De 101 a 200 horas: 0'10 puntos por curso.

- De 201 en adelante: 0'15 puntos por curso.

7.2. Fase de oposición.

7.2.a) Ejercicio Teórico.

Consistirá en la contestación por escrito de un

cuestionario tipo test, de 50 preguntas con tres respuestas alternativas en un tiempo máximo de 60 minutos, en relación a los temas cuyos contenidos se describen en el Anexo I.

Este ejercicio, de carácter obligatorio se valorará de la siguiente manera y hasta un máximo de 10 puntos: por cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con una

contestada correctamente.

Cuando resulten contestadas correctamente la mitad de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, se le asignará la puntuación de cinco que es el mínimo requerido para superar el ejercicio.

7.2.b) Ejercicio Práctico.

Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico relacionado con las funciones a desempeñar. Para ello se dispondrá de un periodo máximo de una hora.

Este ejercicio igualmente tiene el carácter de obligatorio y eliminatorio. Se puntuará de 0 a 10, siendo necesario para superarlo alcanzar un mínimo de 5 puntos. La calificación de este ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los/as miembros del Tribunal.

7.2.c) Entrevista.

Consistirá en la interpelación al/la aspirante sobre temas relacionados con su curriculum vitae y su experiencia

profesional de cara a determinar las actitudes y aptitudes para con el desempeño de la plaza a cubrir.

Este ejercicio tiene carácter obligatorio y no

eliminatorio. Se puntuará de 0 a 2 puntos.

La calificación de este ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los/as miembros del Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición quedando como aspirantes

seleccionados/as aquellos/as candidatos/as que mayor puntuación hayan obtenido.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase curricular y la fase de oposición quedando seleccionados/as los/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.

Octava. Relación definitiva.

8.1. El Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes por orden de puntuación, y con especificación de la puntuación final obtenida por cada uno/a de ellos/as.

8.2. Dicha relación será elevada al Sr. Presidente del Patronato de la Residencia de Ancianos San Luis, con propuesta de aspirantes para la formalización de contratos indefinidos.

8.3. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes que lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, procederán, previa

acreditación de los requisitos exigidos en la base segunda, a la formalización de los contratos adquiriendo la condición de personal laboral fijo cuando transcurra el periodo de prueba establecido de treinta días laborales en el Convenio Colectivo Laboral de Residencias Privadas de la Tercera Edad.

Novena. Impugnación.

Contra la Convocatoria y sus Bases contenidas en la

presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el «Boletín Oficial del Estado¯ (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

ANEXO I

Materias comunes.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Nociones

generales. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. La Administración Pública en el ordenamiento

jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: La

Administración del Estado, Autonómica, Local e Institucional. Tema 3. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 4. El Municipio: Organización y competencias.

Materias específicas.

Tema 5. Requisitos materiales, generales y específicos de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, regulados en la Orden de 28 de julio de 2000.

Tema 6. Requisitos funcionales, generales y específicos de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, regulados en la Orden de 28 de julio de 2000.

Tema 7. Medios Terapéuticos en rehabilitación: La

Cinesiterapia y la Masoterapia. Tipos. La Hidroterapia. Técnicas.

Tema 8. La Electroterapia. La Termoterapia y los

Ultrasonidos.

Tema 9. Patología Traumática: Fracturas de cadera.

Tratamiento rehabilitador.

Tema 10. Fractura de Colles y Fracturas Vertebrales.

Tratamiento.

Tema 11. Fractura proximal del Húmero. Tratamiento.

Tema 12. Patología Osteoarticular: Artropatías

Inflamatorias. Periartritis escapulo-humeral. Tratamientos. Tema 13. Enfermedad Degenerativa articular.

Cervicoartrosis. Osteoporosis. Tratamientos.

Tema 14. Patología Neurológica. Tratamiento rehabilitador de la Hemiplegia. Síndrome de Parkinson. Demencia Senil. Tratamientos.

Tema 15. Caídas en la tercera edad. Consecuencias.

Prevención.

Tema 16. Actividades posibles en los ancianos.

Clasificación de los deportes según su riesgo. Ventajas del ejercicio en el anciano.

Tema 17. Examen previo al ejercicio físico. La aptitud física del anciano. Síntomas de alarma durante la realización del ejercicio.

Tema 18. Terapia ocupacional. Actividades de la vida

diaria.

Tema 19. Tratamiento rehabilitador del pie geriátrico. Profilaxis de las afecciones del pie.

Tema 20. Medidas para mejorar la circulación local.

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