Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 11/12/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 27 de noviembre de 2001, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia en el Delegado Provincial de Granada, para formalizar un Convenio de Colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y Cetursa Sierra Nevada, SA, para la prestación de asistencia sanitaria en la Estación de Esquí.

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Es competencia del Servicio Andaluz de Salud prestar asistencia sanitaria adecuada a los ciudadanos y promover todos los aspectos relativos a la mejora de dichas actuaciones, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18 de la Ley General de Sanidad, condiciones que se extienden más allá de la prestación asistencial, incluyendo también la puesta a disposición del usuario de servicios o prestaciones accesorias que redunden en una mayor comodidad o confort. La citada Ley

14/86 también establece en sus artículos 45 y 50 la integridad de las prestaciones sanitarias en el Sistema Nacional de Salud, responsabilizando a los poderes públicos, del debido cumplimiento del derecho a la protección de la Salud. Dichos servicios hallan correlación oportuna en el artículo 45.2, apartado b), de la Ley 2/98, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, que establece en general que todos aquellos centros, servicios, y establecimientos sanitarios, en virtud de un Convenio singular de vinculación, formarán parte del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

En este sentido el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Granada, solicita delegación de la competencia necesaria para suscribir un Convenio de Colaboración con la empresa Cetursa Sierra Nevada, S.A., cuyo objeto sea la prestación de la asistencia sanitaria a los usuarios de la estación de esquí por parte del Servicio Andaluz de Salud, durante la temporada en que este deporte se practica, quedando obligada a ceder para este uso las dependencias de las que dispone en Pradollano, ubicadas en la Plaza de Andalucía, núm.

4, de Sierra Nevada.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo

13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las facultades de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo

69, en relación con el artículo 42 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y el artículo 11 del Decreto

245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V O

Primero. Delegar en el Delegado Provincial de Salud de Granada, la competencia necesaria para suscribir el Convenio de Colaboración entre la empresa Cetursa Sierra Nevada, S.A., y el Servicio Andaluz de Salud con carácter singular, y en orden a la consecución de los objetivos comunes anteriormente expuestos.

Segundo. Esta Resolución producirá efectos el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2001.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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