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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 2 de enero de 2001 (BOJA núm. 5, de 13 de enero de 2001), por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad de los siguientes Convenios:
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Huelva para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios
Financiación:
- M.º de Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado):
68.002.000 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): 86.140.000 ptas.
D.G. Infancia y Familia: 3.515.773 ptas.
Programa de Atención a Menores: 3.515.773 ptas.
Total M.A.S. más C.A.: 157.657.773 ptas.
- Ayuntamientos: 312.912.289 ptas.
Total Convenio: 470.570.062 ptas.
Sevilla, 27 de noviembre de 2001.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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