Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 06/02/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE GRANADA

ANUNCIO del Patronato Municipal de Deportes, sobre bases.

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El Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Organismo Autonómo Local de carácter administrativo «Patronato Municipal de Deportes¯ del Excmo. Ayuntamiento de Granada hace saber:

Que por Decreto de esta Presidencia de 1 de diciembre de 2000 se ha acordado convocar concurso-oposición libre para la provisión de dos plazas de Supervisor de Actividades y Control de Calidad, con arreglo a las siguientes

B A S E S

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de Técnico Superior, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Denominación: Supervisor de Actividades y Control de Calidad, mediante el sistema de concurso-oposición libre.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/1985, de 2 de abril, el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; el R.D./1991, de 17 de junio; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, y las bases de la presente convocatoria.

1.3. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, manteniéndolos durante todo el proceso selectivo:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones.

e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

1.4. Los derechos de examen serán de 4.903 pesetas y se ingresarán en la cuenta corriente número

2031.0308.85.0100111135 del Patronato Municipal de Deportes, en la Caja General de Ahorros de Granada, sucursal Alminares II de esta ciudad. Estarán exentos de realizar dicho ingreso los aspirantes que presten sus servicios en el Patronato Municipal de Deportes.

2. Procedimiento de selección.

El proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y oposición. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados.

2.1. Fase de concurso:

- Se realizará con carácter previo a la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio.

- Los méritos alegados estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

- Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

1. Por méritos profesionales (máximo 3,00 puntos):

Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública Local en plaza o puesto igual al que se opta: 0,10 puntos por mes (se valorará en este apartado hasta un máximo de 2,00 puntos).

Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Pública Local en plaza o puesto similar al que se opta: 0,05 puntos por mes (se valorará en este apartado hasta un máximo de 1,00 punto).

2. Por méritos académicos (hasta un máximo de 1,00 punto):

Por cursos recibidos de formación y perfeccionamiento

profesional en calidad, realizados u homologados por Entidades, instituciones o centros públicos:

Cada curso de duración entre 15 y 29 horas: 0,20 puntos. Cada curso de duración entre 30 y 59 horas: 0,30 puntos. Cada curso de duración de más de 60 horas: 0,40 puntos.

- El total de los puntos de la fase de concurso no pondrá superar el 40% de la puntuación máxima a obtener entre las dos fases.

2.2. Fase de oposición.

Constará de los siguientes ejercicios:

1. Primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes y que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para que se considere superado: Consistirá en responder por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, dos temas de entre tres extraídos al azar de las materias comunes del Anexo.

2. Segundo ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes que hayan superado el primer

ejercicio y que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo

necesario obtener al menos cinco puntos para que se considere superado: Consistirá en un examen tipo test compuesto por una batería de 100 preguntas con respuestas alternativas extraídas del temario específico del Anexo de la convocatoria. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos horas; las preguntas contestadas erróneamente restarán su valor de la puntuación obtenida con las respuestas correctas.

3. Tercer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes que hayan superado los dos primeros ejercicios y que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para que se considere superado: Consistirá en la realización, durante un período máximo de dos horas, de dos supuestos prácticos relacionados con las materias específicas del Anexo.

La calificación de la fase de oposición corresponderá a la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por los

aspirantes en cada uno de los ejercicios superados.

2.3. Puntuación final.

La puntuación total de la oposición vendrá determinada por la suma de las obtenidas en las fases de concurso y oposición.

En caso de empate, éste se dirimirá en atención a los criterios que seguidamente se relacionan:

- En primer lugar, la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

- En segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

- En tercer lugar, la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

- En cuarto lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

- Por último, la mayor edad del aspirante.

El Tribunal formulará propuesta de nombramiento como

funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan obtenido las máximas puntuaciones en el proceso selectivo, en número igual, como máximo, al de vacantes contempladas en la presente convocatoria, por lo que para considerarse aprobado no será suficiente con haber obtenido al menos cinco puntos en cada uno de los ejercicios.

3. Solicitudes y documentos a presentar.

3.1. Las solicitudes deberán ser dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, Presidente del Patronato Municipal de Deportes.

3.2. En las instancias se detallarán los méritos alegados y se acompañarán de los siguientes documentos:

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del

aspirante.

- Justificantes de los méritos alegados para ser tenidos en cuenta en la fase de concurso, debidamente compulsados.

- Resguardo de ingreso de los derechos de examen.

- Fotocopia compulsada del título exigido en la base 1.3.c).

3.3. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4. La presentación de instancias se podrá hacer, además de en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en las siguientes dependencias:

- Registro General del Patronato Municipal de Deportes.

3.5. Las instancias que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho Organismo antes de ser certificadas.

3.6. Las solicitudes suscritas por los españoles en el

extranjero podrán cursarse en el plazo antes indicado, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las deberán remitir seguidamente a este Organismo.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Granada dictará Decreto por el que se aprobarán los

siguientes extremos:

- Lista de admitidos y excluidos, que será publicada en el tablón de anuncios del Organismo y en la página web del Organismo.

- Plazo de subsanación de errores, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

- Lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

4.2. Subsanados, en su caso, los defectos que se hubiesen apreciado, la lista definitiva de aspirantes admitidos se hará pública en el tablón de anuncios del Organismo y en la página web del Organismo.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el artículo 33.1 del R.D. 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, estará integrado por los siguientes miembros:

1. Presidente del Tribunal: El Presidente del Organismo y suplente.

2. Vocales:

a) Un Vocal y suplente designados por la Junta de Andalucía.

b) Un Vocal y suplente designados por la Corporación.

c) Un Vocal y suplente designados por el PMD.

d) Un Vocal y suplente designados por la Junta de Personal del PMD.

3. Secretario: El del Organismo y suplente.

5.2. Asimismo, podrá asistir con voz pero sin voto un

representante de los sindicatos con representación en el Patronato Municipal de Deportes, previo acuerdo del Tribunal.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, pudiendo acudir indistintamente el miembro titular o el suplente a cada sesión que se celebre.

5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, así como cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.5. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias aludidas en el párrafo anterior.

5.6. Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los aspirantes cuando concurran en ellos dichas circunstancias.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Asimismo, podrá instar al órgano competente para el nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso selectivo, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa del ejercicio que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.8. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar el anonimato de los aspirantes en la corrección y valoración de las pruebas escritas.

5.10. El Tribunal se encuentra facultado para solucionar las dudas que puedan surgir en la interpretación de las presentes bases.

5.11. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

5.12. El Secretario del Tribunal dará fe de lo actuado, y tiene como responsabilidad el que las pruebas se desarrollen

cumpliendo la legalidad vigente y con la máxima objetividad.

6. Lista de aprobados, presentación de documentación y

nombramiento de funcionarios.

6.1. Una vez finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios la relación de los candidatos que hubiesen superado la oposición, por orden de puntuación total obtenida. Dicha relación será elevada al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de nombramiento de

funcionarios.

6.2. Los opositores que no se hallen incluidos en tales anuncios tendrán la consideración de no aptos.

6.3. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación

definitiva de aprobados, para presentar en el Patronato Municipal de Deportes la documentación acreditativa de los requisitos y condiciones exigidos en las presentes bases.

6.4. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no se presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases, no podrá ser nombrado funcionario, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

6.5. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados.

6.6. El plazo para tomar posesión será de 30 días a partir de la notificación del nombramiento al interesado.

6.7. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá que se renuncia a la plaza obtenida, pasando a ocupar plaza el siguiente en el orden de puntuación.

7. Base final.

La presente convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Ley 29/1998, de 13 de julio.

A N E X O

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

5. El administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los

administrados.

6. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos

administrativos. Elementos del acto administrativo.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su

representación. Comunicaciones y notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general.

Referencia al procedimiento administrativo local.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

11. Organización y competencias municipales y provinciales.

12. Ordenanzas y Reglamento de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. Las formas de acción administrativa en las Entidades Locales. Evolución histórica, clases y caracteres.

14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y Certificados de Acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidades. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

17. Los contratos administrativos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, R.D.L. 2/2000, de 16 de junio. Especial referencia a los contratos administrativos de las Entidades Locales.

18. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y

fiscalización.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Ley 6/98, de 14 de diciembre, del Deporte.

2. Ley 10/90, de 15 de octubre, del Deporte.

3. Carta Europea sobre Deporte y medio ambiente.

4. Postulados internacionales sobre el deporte.

5. El Consejo de Europa y el Deporte.

6. Los derechos fundamentales en relación con la información y el deporte.

7. La responsabilidad civil en las actividades deportivas.

8. El asociacionismo deportivo en España. Especial atención a Andalucía.

9. Las Federaciones deportivas Españolas y Andaluzas.

10. Los Entes de promoción Deportiva, pasado y presente.

11. El deporte en el sector público y privado: Carácter y naturaleza de los entes deportivos públicos y privados. Financiación.

12. El patrocinio deportivo: Sus incentivos.

13. El deporte en la sociedad actual. Características,

tendencias, evolución.

14. El deporte para todos. Definición, características, tendencias y evolución.

15. El Plan de Extensión de la Educación Física.

16. Deporte en edad escolar: Concepto, características, tendencias y evolución.

17. Estudio de hábitos deportivos de los españoles. Especial consideración a Andalucía en relación con las demás CC.AA.

18. Estudio de hábitos deportivos de los granadinos.

19. Técnicas de marketing dirigidas a los servicios deportivos municipales.

20. Las nuevas tecnologías en la gestión pública del deporte.

21. Las normas NIDE. Concepto, evolución y regulación.

22. La normativa sobre piscinas en Andalucía.

23. Normas de seguridad en las instalaciones deportivas.

24. La construcción y equipamiento de instalaciones deportivas en el municipio.

25. Organización y planificación de grandes eventos deportivos.

26. Deporte y violencia.

27. La prevención de riesgos laborales en recintos deportivos.

28. Procedimientos de actuación en situaciones de emergencia, en recintos deportivos, durante la celebración de actividades. Evacuación y protección.

29. PMD de Granada, estructura y composición.

30. La competición no oficial en el PMD de Granada: Pasado y presente.

31. Los programas de acción social como técnica de fomento del deporte en el municipio de Granada.

32. La organización de pruebas populares.

33. Los programas de formación deportiva en el PMD de Granada.

34. Los programas de actividades en el medio natural en el PMD.

35. Los programas deportivos municipales: Cooperación con las distintas Concejalías del Ayuntamiento de Granada.

36. Las políticas deportivas transversales en el marco de las Corporaciones Locales.

37. Los equipamientos urbanos en Granada y su relación con los programas deportivos.

38. La Calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local: La eficacia directiva y la dirección por objetivos.

39. Implantación de un sistema de calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

40. Calidad y atención al ciudadano.

41. Planificación de la Calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

42. El proceso de mejora continua para el aseguramiento de la calidad total en los servicios.

43. Metodología de mejora para el control de la calidad de los proveedores y empresas de servicios.

44. Emergencia de las técnicas de la QT.

45. Gestión de los costes intangibles en los Servicios

Deportivos de la Administración Pública Local.

46. Evaluación de la Calidad Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

47. El factor humano en la Calidad.

48. Marketing y calidad.

49. La etapa de marketing en la estrategia de calidad.

50. El diseño en la calidad total.

51. Las Cartas de Servicios.

52. Gestión económica de la Calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

53. Calidad en la prestación del servicio.

54. Calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local: La participación y el trabajo en equipo.

55. Histogramas, aplicados al control del proceso de producción de servicios.

56. Análisis de reclamaciones en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local: Diagrama de Pareto y Diagrama Causa Efecto.

57. Brainstorming.

58. Círculos de calidad.

59. Entidades Normalizadoras.

60. La Calidad Total: Normalización.

61. La Calidad Total: Certificación.

62. La Calidad Total: Reglamentación y homologación.

63. Certificación de sistemas.

64. Sistemas de calidad según ISO 9000.

65. La aplicación de la norma europea EN-ISO 900 1.

66. Interrelación de costes de la Calidad en los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

67. Calidad de los servicios tangibles e intangibles: Análisis y diferencias.

68. El diseño de los servicios: Despliegue de la función de calidad.

69. Los equipos humanos de participación para la calidad.

70. Servicios de la Administración: Servicios Públicos y Calidad.

71. Las teorías sobre la gestión de recursos humanos: Relación con los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

72. Herramientas para la resolución de problemas en la Calidad de los Servicios Deportivos de la Administración Pública Local.

El Presidente, P.D. (Dto. 22.7.99), El Vicepresidente, Jesús Valenzuela Ruiz.