Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 06/02/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS VILLARES (JAEN)

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Convocatoria y Bases oposición libre 1 plaza de Técnico Medio Haciendas Locales.

1. Normas generales.

1.1. Por Decreto de fecha 22.11.00 se han aprobado las bases de la oposición libre convocada para provisión en propiedad de una plaza de Técnico Medio Haciendas Locales correspondiente al grupo B y nivel de C.D. 22, según la oferta de empleo público para el año 2000, publicada en el BOE núm. 11, de 9 de mayo de

2000.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril, y la Ley 11/99, de 21 de abril, y el R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo, y las bases de la presente convocatoria.

1.3. Requisitos.

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomatura Universitaria o haber superado tres años completos de cualquier licenciatura.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.

B) Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3, apartado A, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición libre.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en exponer oralmente, durante un período máximo de cuarenta y cinco minutos, cuatro temas sacados a la suerte entre los comprendidos en el programa que recoge esta Resolución. Uno del Bloque de: D.º Constitucional, organización del Estado y Estatuto de Autonomía; uno del Bloque de: Régimen Local, D.º Administrativo General, Hacienda Pública Administración Tributaria; dos del Programa de Materias Específicas.

Antes de iniciar la exposición, el aspirante dispondrá de un período máximo de diez minutos para la realización de un esquema o guía de los temas que deben desarrollar.

Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con los Temas

desarrollados por un período máximo de quince minutos.

En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de la exposición y la capacidad de expresión oral.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos

supuestos prácticos de carácter económico que el Tribunal determine, durante el plazo máximo de cuatro horas, en relación con las materias contenidas entre las específicas del programa, pudiéndose consultar textos legales.

En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la

resolución de los problemas prácticos planteados.

2. Desarrollo de los ejercicios.

2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero cuyo primer apellido comience por la letra B, de conformidad con la Resolución de 23 de febrero de 2000, de la Secretaría del Estado para la

Administración Pública.

2.2. En el Decreto por el que se apruebe la lista de admitidos se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio. Desde la terminación de la prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas si se trata de uno nuevo.

2.3. Los Tribunales podrán requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su personalidad.

2.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.5. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.

2.6. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades, deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.

3. Calificación de los ejercicios.

3.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.

La superación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios eliminatorios, resultando, en consecuencia, que han superado las pruebas selectivas aquellos aspirantes cuya suma total de puntuaciones de los ejercicios eliminatorios,

ordenadas de mayor a menor, entren dentro del número de plazas asignadas al Tribunal.

3.2. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición.

3.3. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta norma será nula de pleno derecho.

4. Solicitudes.

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Ayuntamiento de Los Villares (Registro General de entrada). A la solicitud se le acompañará:

- Fotocopia del DNI en vigor.

- Fotocopia de la titulación exigida.

- Resguardo de haber ingresado los derechos de examen.

4.2. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Alcalde, se

presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía.

- En el Registro General de este Ayuntamiento en horario de lunes a viernes de 9 a 13 horas.

- A través de las Oficinas de Correos y deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

- A través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes, las suscritas por los españoles en el extranjero, y en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3. Los Derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la Cuenta corriente número

2024.0087.82.3800000017 del Ayuntamiento de Los Villares, de Cajasur.

4.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. Admisión de los aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos, así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha

Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

6. Tribunales.

6.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/88, de 4 de marzo, estará integrado de la siguiente forma:

Presidente, el de la Corporación, don José Luis Manrique García.

Suplente: Don Antonio Herrador Higueras.

Vocales, que deberán poseer la titulación igual o superior a la exigida para la plaza convocada:

- Por la Junta de Andalucía.

Titular: Don Joaquín Arias Vilches.

Suplente: Don Diego Carmona Pérez.

- Por la Diputación Provincial de Jaén.

Titular: Don José Montesinos Moreno.

Suplente: Doña Celia Esteban Vacas.

- Por el Colegio Provincial de Secretarios Interventores Tesoreros de Administración Local de Jaén.

Titular: Doña Concepción Jurado Chacón.

Suplente: Don José María Valderrama Vega.

Secretario:

Titular: Doña Herminia Marín Gámez.

Suplente: Don José María Guzmán García.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cinco de sus componentes.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92. Asimismo, los aspirantes prodrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

6.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

6.7. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la

Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el artículo

102 y 55 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

7. Lista de aprobados, presentación de documentación y

nombramiento de funcionarios.

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrá exceder de las plazas objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por los mismos, sumadas las fases de la oposición. Dicho anuncio será elevado al Sr. Alcalde con propuestas de los candidatos para el nombramiento de funcionarios.

7.3. En el plazo de veinte días naturales, los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en el Secretaría del Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás

circunstancias que consten en su expediente personal.

7.5. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. En el plazo de treinta días desde la aportación por el aspirante propuesto de los documentos referidos, el Sr. Alcalde nombrará funcionario de carrera al aspirante aprobado.

El plazo para tomar posesión será de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

8. Norma final.

8.1. La Convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.

Contra los actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión se podrá formular recurso de alzada ante el Sr. Alcalde-

Presidente, en el plazo de un mes desde que se haga público el acuerdo o propuesta de resolución adoptada que se pretenda impugnar.

Lo que se hace público, a 21 de noviembre de 2000, para general conocimiento.- El Alcalde.

PROGRAMA DE MATERIAS COMUNES

Derecho Constitucional, Organización del Estado y Estatuto de Autonomía

Tema 1. La Constitución. Significado y clases. La

Constitución Española. Proceso constituyente. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.

Tema 2. La Ley. Concepto y caracteres. Las Leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas de gobierno con fuerza de Ley. Los tratados internacionales como norma de derecho interno.

Tema 3. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes estatales y autonómicas. Legislación básica, bases, legislación y ejecución.

Tema 4. El reglamento. La potestad reglamentaria: Formación y fundamento. Distinción de figuras afines. Las relaciones entre la ley y reglamento.

Tema 5. El ordenamiento comunitario. Formación y caracteres. Tratados y derechos derivados. Directivas y reglamentos comunitarios. Derechos comunitarios y derechos de los países miembros. Derechos comunitarios y Comunidades Autónomas.

Tema 6. La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo.

Tema 7. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales.

Composición, elecciones y disolución. Atribuciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los reglamentos

parlamentarios. Organos de control dependientes de las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 8. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema

constitucional español. La Ley del Gobierno. La designación y la remoción del Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del Gobierno. El Gobierno: Composición y funciones.

Tema 9. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. La relaciones interadministrativas y sus principios.

Tema 10. El Poder Judicial. Regulación Constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La Ley de Demarcación y Planta Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Designación, organización y funciones. La

organización de la Administración de Justicia en España: Ordenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones.

Tema 11. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación, organización y

funciones. El sistema español de control de la

constitucionalidad de las Leyes.

Tema 12. La autonomía local. Antecedentes históricos y

doctrinales. La autonomía local en la Constitución: Especial referencia a la doctrina de la garantía institucional.

Contenido subjetivo, objetivo e institucional de la autonomía local en la Constitución y en el Derecho básico estatal. Especial referencia al marco competencial de las Entidades Locales.

Régimen Local. Derecho Administrativo General. Hacienda Pública y Administración Tributaria

Tema 13. El Acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: La motivación y forma.

Tema 14. La eficacia de los actos administrativos. El principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación. Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 15. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulidad. El principio de

conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración. Supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 16. Recursos administrativos. Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de recursos administrativos: Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico- administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos. Conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 17. La potestad sancionadora. Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas

sancionadoras administrativas.

Tema 18. Régimen jurídico de los contratos de las

Administraciones Públicas: Administrativos típicos, especiales y privados. Características de los contratos de obras, de servicios públicos, de suministros y de consultoría, asistencia y servicios. La Administración contratante. Entes incluidos y excluidos del ámbito de la Ley de Contratos, el órgano de contratación. El contratista. Capacidad, solvencia,

prohibiciones, clasificación.

Tema 19. La fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.

Tema 20. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.

Tema 21. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal. El problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación

autonómica. La población municipal. El Padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 22. La organización municipal. Organos necesarios. El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno. Organos complementarios. Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros Regímenes especiales.

Tema 23. El sistema electoral local. Causas de ilegibilidad e incompatibilidad. Elecciones de Concejales y Alcaldes.

Elecciones de Diputados Provinciales y Presidentes. Elecciones de Consejeros y Presidentes de Cabildos y Consejeros Insulares. La moción de censura en el ámbito local. El recurso

contencioso-electoral. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.

Tema 24. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de documentos.

Tema 25. Singularidad del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. La revisión y revocación de los actos de los Entes Locales. Tramitación de expedientes. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.

Tema 26. La función pública local. Clases de empleados públicos locales. Los instrumentos de organización del personal. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional. Subescalas, categorías y funciones. Selección y provisión. Peculiaridades de su régimen jurídico. Los funcionarios propios de las Corporaciones Locales. El personal laboral de servicio de las Entidades Locales. El personal eventual.

Tema 27. La relación de servicios de los funcionarios públicos locales. Derechos, deberes y situaciones administrativas. Derechos económicos y Seguridad Social. Negociación colectiva. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 28. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y

potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.

Tema 29. El Derecho Financiero. Concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.

Tema 30. Los recursos de las Haciendas Locales en el marco de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre: De los municipios, las provincias y otras Entidades Locales. La imposición y

ordenación de tributos y el establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 31. La gestión y liquidación de recursos. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos. Actos de gestión dictados en materia de Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos.

Tema 32. Régimen Jurídico de la recaudación de las Entidades Locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El

procedimiento de recaudación en vía de apremio.

Tema 33. La inspección de los tributos. Funciones y facultades. Actuaciones inspectoras. Infracciones y sanciones tributarias. Procedimiento de inspección tributaria. La inspección de los recursos no tributarios.

Tema 34. El impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Bases imponibles. El valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

Tema 35. El impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: Las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión

tributaria. El recargo provincial.

Tema 36. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. El impuesto sobre el incrementos del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

PROGRAMA DE MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 2. La participación de los municipios y de las provincias en los tributos del Estado. Regímenes especiales. La

cooperación del Estado a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades Locales.

Tema 3. El crédito local. Naturaleza jurídica. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la

concertación de operaciones de crédito.

Tema 4. El Presupuesto General de las Entidades Locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Especial referencia a las Bases de ejecución del presupuesto. La prórroga del Presupuesto.

Tema 5. Las modificaciones de crédito. Concepto, clases y tramitación.

Tema 6. Las fases de ejecución del Presupuesto. La liquidación del Presupuesto. Confección y aprobación, los remanentes de crédito, el resultado presupuestario y el remanente de

tesorería.

Tema 7. Régimen jurídico de la Tesorería. Concepto y funciones. Organización. La planificación financiera.

Tema 8. La contabilidad de las Entidades Locales y sus entes dependientes. Las Instrucciones de contabilidad para la Administración Local. La Cuenta General.

Tema 9. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: Ambito subjetivo, ámbito objetivo, modalidades y los reparos. Los controles financieros de eficacia y de eficiencia: Ambito subjetivo, ámbito objetivo, procedimiento y los informes.

Tema 10. El control externo de la actividad económico-

financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. El Tribunal de Cuentas y los órganos de control externos de las Comunidades Autónomas. Las funciones fiscalizadoras y

jurisdiccional.

Tema 11. El sistema tributario estatal. Especial referencia a los impuestos sobre la renta y sobre el valor añadido.

Tema 12. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Principios generales. Recursos de las Comunidades Autónomas. Especial referencia a los tributos propios, tributos cedidos y Fondos de Compensación Interterritorial.

Tema 13. Los créditos ampliables, justificación y antecedentes. La ampliación de créditos en la LRHL.

Tema 14. Las transferencias de créditos, conceptos. Organo competente. Límites. Tramitación.

Tema 15. Generación y reposición de créditos de gasto.

Conceptos y causas justificativas. Ingresos que las

posibilitan. Requisitos y límites objetivos. Tramitación.

Tema 16. Incorporación de remanentes de créditos. Planeamiento. Remanentes no incorporables. Remanentes incorporables.

Condicionamiento. Tramitación.

Tema 17. Condicionantes en la gestión del gasto público. Autorización de gasto. Competencias. Tramitación. Efectos.

Tema 18. Disposiciones de gasto. Competencias. Tramitación. Efectos.

Tema 19. Reconocimiento y liquidación de la obligación. Competencias. Tramitación. Efectos.

Tema 20. La ordenación de pagos. Concepto. Competencia. Tramitación. Posibilidad de creación de órganos específicos. La unidad de Ordenación de pagos. La unidad central de tesorería. Especialidades en los Organismos Autónomos.

Tema 21. El orden de prelación de créditos y el Plan de disposición de fondos. Contenido y tramitación del Plan.

Tema 22. Responsabilidades y responsables en materia de gestión de gastos. Causas y clases. Atención especial a la

responsabilidad contable. La responsabilidad por autorizar gastos o reconocer, liquidar o pagar obligaciones sin crédito suficiente.

Tema 23. Ordenes de pago a justificar. Autorización legal; antecedentes. Criterios para su expedición y supuestos en que proceden. Requisitos. La obligación de justificar. Posibles responsabilidades.

Tema 24. Los anticipos de caja fija. Requisitos. Procedimiento de justificación y reposición de fondos.

Tema 25. Los libros de contabilidad. Concepto. Clases. Los libros de contabilidad en las Entidades Locales.

Tema 26. Los documentos contables. Requisitos formales. Significado. Clases.

Tema 27. Información de la gestión presupuestaria. Plazos y periodicidad. Contenido: Ejecución de los presupuestos y movimiento de tesorería. Estructura.

Tema 28. El control financiero. Concepto y extensión. Ambito de aplicación. Objetivos y técnica operativa. Los informes y su tramitación.

Tema 29. Carácter funcionarial de los órganos de control interno y sus garantías. Independencia funcional. Legitimación de actuaciones concretas. Asistencia Técnica cualificada.

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza a que aspira ......................................

2. Convocatoria BOE de fecha .................................

3. Datos personales ......................................... Apellidos y nombre ............................................ Fecha de nacimiento ................., Lugar .................. DNI ........................................................... Domicilio a efectos de notificaciones ......................... Municipio .......................... Provincia ................ Código postal .................. Teléfono .....................

4. Titulación académica .....................................

5. Documentación que se adjunta ...............................

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas

selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne todos los requisitos exigidos en la presente Convocatoria.

Sr. Alcalde. Excmo. Ayuntamiento de Los Villares (Jaén).