Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 15/02/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 26 de diciembre de 2000, por la que se acuerda la enajenación directa de un inmueble sito en el término municipal de Darro (Granada).

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La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular de una parcela de 1.293,11 m¯ sita en el p.k. 238,9 de la antigua carretera N-342, en el término municipal de Darro (Granada), en virtud de transferencia efectuada mediante el Real Decreto/1984, de 28 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de carreteras.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes inició, a instancias de doña Isabel Caro Caro, la tramitación de un expediente de permuta entre la finca citada y otra, propiedad de la solicitante, de 5.000 m¯, sita entre los p.k. 240,220 al

240,215 de la antigua carretera N-342, con el objeto de formalizar la permuta iniciada por el Estado, con anterioridad a la transferencia a esta Comunidad Autónoma de las competencias en materia de carreteras, en virtud de la cual la peticionaria ocupa dichos terrenos, sobre los que ha construido un restaurante, desde 1977.

Practicada la tasación pericial de los terrenos objeto del expediente de permuta, resulta que los de propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía tienen un valor de 3.233.000 pesetas y los de propiedad de doña Isabel Caro Caro, de 750.000 pesetas, siendo, por tanto, la diferencia de valor entre ambos superior al límite establecido por el artículo 91 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por ello, las circunstancias del caso justifican que la enajenación se efectúe de forma directa, sin necesidad de subasta, al amparo de lo previsto en el artículo 186 y concordantes del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes ha manifestado su conformidad con la enajenación directa del citado inmueble.

Mediante Acuerdo de 20 de septiembre de 2000, se acordó la desafectación y declaró la alienabilidad de dicho inmueble.

De conformidad con lo previsto en el artículo 87 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el artículo 186 de su Reglamento de aplicación, mediante Acuerdo de 28 de noviembre de 2000, del Consejo de Gobierno, se autoriza la enajenación directa de la parcela citada.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 186.4 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto

276/1987, de 11 de noviembre,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 88 de la Ley del Patrimonio citada y 186 de su Reglamento de aplicación, se acuerda la enajenación directa del siguiente inmueble:

Parcela de 1.293,11 m¯, sita en el p.k. 238,9 de la antigua carretera N-342, en el término municipal de Darro (Granada), inscrita en el Registro de la Propiedad de Iznalloz a nombre de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al folio, libro 66, tomo

972, con el número de finca 5.550, a favor de doña Isabel Caro Caro.

Segundo. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la ejecutividad de cuanto se dispone en el presente Acuerdo.

Tercero. Todos los gastos que se originen como consecuencia del otorgamiento de la escritura pública serán abonados por las partes según las determinaciones de la Ley aplicable.

Sevilla, 26 de diciembre de 2000

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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