Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 24/02/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA (CADIZ)

ANUNCIO de bases.

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Con fecha 16.1.01, mediante Acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno punto 25.º, fueron aprobadas las bases que han de regir el Concurso-oposición para cubrir dos plazas de Asistente Social vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento.

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO-OPOSICION PARA CUBRIR DOS PLAZAS DE ASISTENTE SOCIAL VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, según se detalla:

Grupo según el artículo 25 Ley 30/84: B. Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Número de vacantes: Dos. Denominación: Asistente Social. Nivel de titulación: Asistente Social o Trabajadora Social. Forma de provisión: Concurso-oposición.

Segunda. Los aspirantes han de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o estar incurso en algunos de los supuestos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Estar comprendido en la fecha de la convocatoria dentro de los límites de edad legalmente establecidos.

El límite de edad anteriormente señalado no afectará para el ingreso en el Grupo de los funcionarios que hubieran pertenecido a otros, y dicho límite podrá compensarse con los servicios computados anteriormente a la Administración Pública.

c) Estar en posesión de la titulación exigida.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda y que se comprometen a prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, bien personalmente o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, debidamente reintegrada, en el plazo de veinte días naturales, a contar del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 3.000 pesetas y serán satisfechos por los aspirantes al presentar la instancia y no podrán ser devueltos más que en caso de no ser admitidos a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en el concurso-oposición.

Los aspirantes deberán acompañar a la instancia los documentos justificativos de los méritos alegados en la misma, debidamente compulsados.

Cuarta. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días a efectos de subsanación y mejora de solicitudes, de conformidad con el art. 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dichas subsanaciones, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública en el plazo de un mes en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento.

Quinta. El Tribunal calificador estará constituido en la forma establecida en el art. 4.e) y f) del R.D. 896/91, de 7 de junio.

La composición del Tribunal, con indicación de los nombres de sus miembros titulares y suplentes, se hará pública en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento a efectos de recusación y abstención.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Sexta. Con una antelación mínima de un mes antes de dar comienzo el primer ejercicio, se señalará el lugar día y hora en que habrá de efectuarse, publicándose en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento.

El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se establecerá mediante sorteo realizado antes de celebrarse el ejercicio.

Los opositores serán convocados mediante anuncio en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Séptima. La oposición constará de los siguientes ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio.

- Primer ejercicio: De carácter obligatorio. Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, dos temas determinados por el Tribunal, uno del Grupo I y uno del Grupo II de entre los que figuran en el Anexo de la

convocatoria.

- Segundo ejercicio: De carácter obligatorio. Se realizará por escrito, durante un período máximo de tres horas, y consistirá en la realización de dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo sobre materias relacionadas con la plaza a desempeñar.

Durante el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

Octava. La fase del concurso servirá para valorar los méritos acreditados por los opositores, y se realizará antes de la fase de la oposición.

Se considerarán méritos a tener en cuenta los siguientes:

a) Servicios prestados en la propia Corporación Local: 0,10 puntos por año o fracción, hasta un máximo de 1 punto.

b) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas, del Estado, Autonómica o Local: 0,05 puntos por año o fracción, hasta un máximo de 1 punto.

c) Servicios prestados en empresas privadas, en plaza o puesto relacionado con el puesto a cubrir: 0,02 puntos por año o fracción, hasta un máximo de 0,50 puntos.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento:

d.1. Cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias específicas, convocadas por el Instituto de Estudios de Administración Local u otras Entidades Oficiales de

formación de funcionarios:

d.1.1. De más de 20 horas lectivas: 0,20 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto.

d.1.2. De menos de 20 horas lectivas: 0,10 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto.

Novena Los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. Las calificaciones se obtendrán sumando las

puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiéndose el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio.

La calificación total definitiva estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios y los puntos obtenidos en la fase de concurso.

Décima. El Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación a la Comisión Municipal de Gobierno para que se formule el correspondiente nombramiento.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que se exigen en la base segunda, y que son:

- Certificación de nacimiento expedida en el Registro Civil correspondiente.

- Copia auténtica o fotocopia (que deberá presentarse

acompañada del original para su compulsa) del título que se exige en la convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que concluyeron sus estudios.

- Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad.

- Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar Certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos serán nombrados funcionarios de carrera.

Incidencias: El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Undécima. Contra las presentes bases podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo con sede en Cádiz en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de las presentes en el Boletín Oficial del Estado, si no ha interpuesto el potestativo recurso de reposición, que será de un mes, contando desde la misma fecha, así como cualquier otro que estime conveniente.

ANEXO

GRUPO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7. Organización y competencias municipales.

Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 12. El Presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

GRUPO II

Tema 1. El Estado de Bienestar Social. Concepto, Filosofía, Orígenes y Evolución.

Tema 2. Antecedentes e historia del Trabajo Social.

Tema 3. El Trabajo Social. Concepto, principios, objeto, sujeto, objetivos y funciones básicas.

Tema 4. La ética en el trabajo social.

Tema 5. Modelos de la práctica del Trabajo Social.

Tema 6. Metodología del Trabajo Social. Planificación,

programación y elaboración de proyectos.

Tema 7. El diagnóstico y tratamiento social.

Tema 8. La supervisión en Trabajo Social.

Tema 9. Técnicas aplicadas de Trabajo Social.

Tema 10. La entrevista en Trabajo Social.

Tema 11. El Trabajo Social, individual, familiar, grupal y comunitario.

Tema 12. Instrumentos básicos en Trabajo Social.

Tema 13. Trabajo Social con familia.

Tema 14. Trabajo Social con menores.

Tema 15. Trabajo Social con personas mayores.

Tema 16. Trabajo Social con deficientes físicos, psíquicos y sensoriales.

Tema 17. Trabajo Social con toxicómanos.

Tema 18. Trabajo Social con minorías étnicas.

Tema 19. Trabajo Social con transeúntes.

Tema 20. Trabajo Social con mujeres.

Tema 21. El método de investigación social.

Tema 22. La documentación en el Trabajo Social. Ficha, historia e informe social. Organización administrativa del Trabajo Social.

Tema 23. Concepto y tipología de necesidades y recursos. Relación entre ambos. Especial referencia a Chiclana.

Tema 24. La marginación social. Concepto y elementos

condicionantes.

Tema 25. Los Servicios Sociales. Fundamentación. Concepto, principios, objetivos y modalidades. Su evolución histórica en España y Andalucía. Diferenciación y relación con otros sistemas.

Tema 26. Los Servicios Sociales Comunitarios. Concepto. Objetivos, áreas de actuación. Ubicación física y programas.

Tema 27. Servicio de Información, orientación, valoración y asesoramiento. Funciones del Trabajador Social, características de Chiclana.

Tema 28. Servicio de Ayuda a domicilio. Objetivos y funciones del programa. Actividades y funciones del Trabajador Social. Especial referencia a la situación de Chiclana.

Tema 29. Servicio de convivencia y reinserción social.

Objetivos. Funciones del Trabajador Social. Realidad social de Chiclana.

Tema 30. Servicio de Cooperación Social. Objetivos. Funciones del Trabajador Social. Características de la población de Chiclana.

Tema 31. Los Centros de Servicios Sociales. Organización y funcionamiento de los mismos en el municipio de Chiclana.

Tema 32. Los Servicios Sociales especializados. Concepto. Objetivos. Sectores a atender. La importancia del equipo interdisciplinar.

Tema 33. Coordinación entre Servicios Sociales Comunitarios y Servicios Sociales Especializados. El equipo interdisciplinar en los Servicios Sociales.

Tema 34. Competencias de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales. Su coordinación.

Tema 35. La prevención en los Servicios Sociales Comunitarios. Conceptos. Niveles. Planteamientos y estrategias a seguir desde los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 36. Los Consejos de Servicios Sociales. Composición y funciones en los distintos niveles territoriales.

Tema 37. Carta Social Europea. Política Social en la Comunidad Económica Europea. Programas de lucha contra la pobreza.

Tema 38. Los Servicios Sociales en la Comunidad Europea, Estatuto de Autonomía de Andalucía y Ley de Bases de Régimen Local.

Tema 39. Ley Autonómica de Servicios Sociales de Andalucía.

Tema 40. El Instituto Andaluz de los Servicios Sociales. Organización y competencias.

Tema 41. Plan Concertado de Servicios Sociales.

Tema 42. Pensiones no contributivas.

Tema 43. El Salario Social.

Tema 44. El Trabajo Social en barriadas de actuación

preferente.

Tema 45. Programa de Ayuda económica familiar. Estrategia para la evaluación en Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 46. Marco Legislativo y competencial de los

Servicios Sociales de atención a la infancia.

Tema 47. Inmigrantes y emigrantes retornados. Refugiados y asilados. Areas de actuación desde los Servicios Sociales.

Tema 48. Modelos de intervención social en Servicios Sociales. Identificación y características.

Chiclana de la Frontera, 2 de febrero de 2001.- La Delegada de Personal.

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