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De conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18.3 de la Ley 16/1999, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2000, procede hacer pública la concesión de las subvenciones concedidas en el año
2000, las cuales figuran en el Anexo de la presente Resolución, al amparo de la normativa que se cita.
Sevilla, 22 de enero de 2001.- El Director General, Luis Gázquez Soria.
A N E X O
- Normativa de aplicación:
1. Orden del MAPA de 17 de noviembre de 1989, por la que se establece un programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos a través de las Agrupaciones de Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs), y la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de
12 de agosto de 1997, por la que se regulan las ayudas para el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura.
2. Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 8 de noviembre de 1996, por la que se dictan normas para la formalización de convenios de colaboración con las entidades agrarias para el desarrollo de programas de producción integrada.
- Programa y crédito presupuestario:
0.1.16.00.18.00.772.02.61B.
0.1.16.00.18.00.742.02.61B.
0.1.16.00.18.00.782.02.61B.
1.1.16.00.18.00.772.00.61B.
1.1.16.00.18.00.742.00.61B.
1.1.16.00.18.00.782.00.61B.
1.1.16.00.11.00.772.00.61B.
1.1.16.00.11.00.742.00.61B.
1.1.16.00.11.00.782.00.61B.
La Unión Europea participa, a través del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola Sección Orientación (FEOGA-O), cofinanciando el 72,5%.
- Finalidad:
1.º a) Puesta a punto y aplicación de las técnicas de lucha integrada y utilización racional de los productos y medios fitosanitarios.
b) Formación del personal técnico y especializado en la dirección y aplicación de dichas técnicas.
c) Fomento de las agrupaciones de agricultores para la realización de tratamientos fitosanitarios integrados (ATRIAs).
2.º a) Estudios para la puesta a punto de las técnicas de manejo integrado, así como las técnicas de producción integrada más rentables y menos lesivas para el ecosistema agrario, teniendo en cuenta los sistemas y técnicas de cultivo locales.
b) Proyectos específicos de aplicación de las técnicas de producción integrada.
c) Formación en las técnicas de producción integrada.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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