Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 08/03/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 13 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1461/96, interpuesto por el Ayuntamiento de Conil de la Frontera.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1461/96, interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Conil de la Frontera contra Resolución de 2 de abril de 1996, dictada por el Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por don Antonio Roldán Muñoz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Conil de la Frontera, contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo en Cádiz de fecha 14 de noviembre de 1995, en expediente sobre las condiciones para el suministro domiciliario de agua y regularidad del mismo a los abonados y usuarios de la urbanización «Roche Residencial¯, en el término municipal de Conil de la Frontera, confirmando la misma en todos sus términos, se ha dictado Sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 24 de junio de 1998, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo planteado por el Ayuntamiento de Conil de la Frontera contra las Resoluciones expresadas en el antecedente fáctico primero de esta sentencia. Declaramos nulas las mismas en el particular relativo a la intimación que se efectúa a la Corporación recurrente en los términos que se expresan en el cuerpo de esta sentencia, rechazando las demás pretensiones contenidas en la demanda; y todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.¯

Mediante Providencia de fecha 27 de diciembre de 2000, se declara firme la sentencia anterior acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 3.º 5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución, y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 13 de febrero de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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