Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 15/3/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de febrero de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza, se declara la utilidad pública en concreto y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea A.T. 220 kV, con origen en la central termoeléctrica de ciclo combinado de San Roque y final en la Subestación de Pinar del Rey (Exp. AT-5293/2000). (PP. 510/2001).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de marzo de 2000, la empresa Gas Natural SDG, S.A., solicitó, en la Delegación Provincial de la entonces Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz, Autorización Administrativa, Declaración en concreto de utilidad pública y Aprobación del Proyecto de Ejecución de una línea A.T. de 220 kV, con origen en la central termoeléctrica de ciclo combinado de 800 MW de potencia, situada en el término municipal de San Roque (Cádiz) y final en la Subestación Pinar del Rey, situada en el mismo término municipal y cuya finalidad sería evacuar la energía producida en la citada central.

A la solicitud se adjuntaban, entre otros, los siguientes documentos:

- Escritura de apoderamiento a nombre de don Luis Pérez de Ayala Berrocal.

- Resolución de la Dirección General de la Energía del entonces Ministerio de Industria y Energía, por la que se autorizaba la mencionada central termoeléctrica y en la que se declaraba al mismo tiempo que la autorización de la línea de A.T. 220 kV para la evacuación de la energía producida era competencia sustantiva de la Junta de Andalucía.

- Proyecto de ejecución y estudio de impacto ambiental de la línea de A.T. en cuestión.

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; artículos 52, 53 y 54 y con el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, así como del artículo 20 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de la Junta de Andalucía, que aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE núm. 102, de 28.4.00; BOJA núm.

58, de 18.5.00; BOP de la provincia de Cádiz núm. 91, de

19.4.00, y Diario «Europa Sur¯ de 11.4.00.

En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la futura línea de A.T.

Tercero. Se remitieron separatas y se recabó informe de los siguientes organismos y Entidades afectadas:

- Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.

- Excmo. Ayuntamiento de San Roque.

- Entidad Pública Empresarial del Suelo SEPES.

- Ministerio de Fomento (Demarcación de Carreteras).

- Gas Natural SDG, S.A.

- Confederación Hidrográfica del Sur.

- Interquisa.

- Renfe.

- Compañía Telefónica de España, S.A.

- Excma. Diputación Provincial de Cádiz.

De estos Organismos y Entidades, unos contestaron emitiendo condicionados, que fue aceptado por el solicitante, y otros no contestaron, por lo que se les reiteró, y al no volver a recibir contestación, se aceptaron las propuestas que constan en el Proyecto de Ejecución.

Cuarto. Se remitió carta certificada con acuse de recibo, conteniendo texto de información pública, publicado en los distintos boletines oficiales, a los propietarios particulares afectados:

Don Fernando Vázquez de Troya.

Don Antonio Barberán Cárdenas.

Don Francisco López Navarro.

De éstos sólo se recibieron alegaciones de don Antonio

Barberán Cárdenas que, a su vez, fue contestada por el

solicitante.

Quinto. Consta en el expediente Declaración de Impacto

Ambiental Favorable, emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz de fecha 2 de octubre de

2000, publicada en el BOP de la provincia de Cádiz de fecha 4 de noviembre de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización

Administrativa, Declaración en concreto de utilidad pública y Aprobación del Proyecto de Ejecución, de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, que regula el

procedimiento para el otorgamiento de autorización

administrativa en materia de instalaciones eléctricas; Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de

31 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución, de instalaciones eléctricas, están reguladas en los arts. 8.º y siguientes del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

La Declaración en concreto de Utilidad Pública está regulada por el art. 53 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico y art.

52 de la Ley 16/1954, sobre Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Primero. Autorizar y Aprobar el Proyecto de Ejecución de la línea de A.T. 220 kV solicitada por la empresa Gas Natural SDG, S.A., cuyas características principales serán:

Origen: Futura Central Térmica de Ciclo Combinado de San Roque.

Final: Subestación Pinar del Rey (término municipal de San Roque).

Longitud: 6.350 m, repartidos en los siguientes tramos:

Primer tramo: 1.900 m, en aéreo.

Segundo tramo: 4.450 m, en subterráneo.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 220 kV.

Número de circuitos: Dos.

Tramos aéreos.

Conductor: Tipo dúplex, LA-380-Gull.

Conductor de tierra: 1 cable de tierra óptico por circuito. Aislamiento tipo: Cadenas de componente siliconado.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Tramo subterráneo.

Conductor: 3 unipolares por circuito de 2.000 mm, con

aislamiento de polietileno reticulado, más un conductor de fibra óptica por circuito.

Conductor de tierra: 1 conductor por circuito, de cobre aislado

0,6/1 kV de 240 mm¯ de sección.

Término municipal afectado: San Roque.

Segundo. Declarar la utilidad pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero. Antes de proceder a la puesta en marcha de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo

siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos por los distintos organismos y los que constan en la Declaración de Impacto Ambiental, anteriormente citada.

2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año, contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El Titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Cádiz a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la

correspondiente Acta de puesta en marcha.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de febrero de 2001.- El Director General, Jesús Nieto González.