Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 27/03/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 37/2001, de 20 de febrero, mediante el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

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El Decreto 246/2000, de 31 de mayo, que aprobó la nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, trajo consigo un reforzamiento de determinadas estructuras administrativas, especialmente las enmarcadas en el ámbito de la educación superior y la formación profesional. Concretamente, contempló la creación de la Secretaría General de Universidades e Investigación, que absorbe las competencias de la hasta entonces Dirección General del mismo nombre, y el desdoblamiento de la antigua Dirección General de Formación Profesional y Solidaridad en la Educación en las Direcciones Generales de Formación Profesional, de una parte, y de Orientación Educativa y Solidaridad, de otra.

Mediante el presente Decreto se procede a efectuar en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación y Ciencia las modificaciones necesarias para adecuarla a esta nueva estructura orgánica. Afecta a los servicios centrales de la misma, y se ven especialmente afectados los centros directivos antes señalados. Concretamente, en la Secretaría General de Universidades e Investigación se modifica el perfil de algunos puestos de trabajo ya existentes y se incrementan determinados puestos de trabajo, todo ello encaminado a dotar al citado centro directivo de una estructura capaz de asumir el impulso y aplicación del III Plan Andaluz de Investigación. Por otra parte, se aprueba la nueva adscripción orgánica de los puestos de trabajo antes adscritos a la antigua Dirección General de Formación Profesional y Solidaridad en la Educación, que en función de su ámbito de actuación pasan a depender de la Dirección General de Formación Profesional o de la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad. En este centro directivo se produce también un refuerzo de su estructura, encaminado al desarrollo y aplicación de la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación. Por último, se introducen modificaciones puntuales en otros centros directivos, encaminadas a procurar a los puestos de trabajo de un perfil más acorde con la índole de las funciones que asumen.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley

9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2, letra

g), de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de febrero de

2001,

D I S P O N G O

Artículo primero. Aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a los Servicios Centrales de la Consejería de Educación y Ciencia.

Se aprueba la relación de puestos de trabajo de los Servicios Centrales de la Consejería de Educación y Ciencia en los términos previstos en el Anexo I a este Decreto.

Artículo segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía

correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

Se aprueban las modificaciones puntuales de los puestos de trabajo de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia que figuran en el Anexo II de este Decreto.

Disposición adicional primera. Modificación Presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición adicional segunda. Personal afectado por la modificación de la relación de puestos de trabajo.

Por las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Educación y Ciencia se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de febrero de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]