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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad del siguiente Convenio:
- Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios.
Financiación:
- M.º de Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado):
117.945.000 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): 156.371.000 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales:
D.G. de Infancia y Familia: 15.431.053 ptas. Ayudas Económicas Familiares: 15.431.053 ptas. IASS: 4.000.000 de ptas.
Mayores: 4.000.000 de ptas.
Total M.A.S. más C.A.: 293.747.053 ptas.
- Ayuntamiento: 519.928.936 ptas.
Total Convenio: 813.675.989 ptas.
Sevilla, 13 de marzo de 2001.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.