Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 03/04/2001

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 5 de marzo de 2001, de la Dirección General de Gestión de Recursos, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 7 de septiembre de 2000, por el que se ofertaban plazas vacantes de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Resolución de 7 de septiembre de 2000 (BOE 12.9.2000) para cubrir plazas vacantes de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General de Gestión de Recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 54,

55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero. Hacer públicos los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados en el Anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo. Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que en Anexo II se relacionan.

Tercero. Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto. Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso, salvo que pretendan amortizar ante modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista en el art. 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto. El cese deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales siguientes en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes, el plazo posesorio deberá computarse desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y, por tanto, no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontrarán en activo en otro Cuerpo y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días (art. 66.1.g) del Reglamento Orgánico) teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión del titular.

Sexto. Se retiran del concurso las plazas del Cuerpo de Agentes que a continuación se relacionan:

Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Almería

Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Cádiz.

Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Algeciras. Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Jerez de la Frontera.

Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Huelva Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Jaén.

Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Torremolinos.

Dichas plazas han sido afectadas por la supresión de plazas de Agentes de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de dichas localidades, efectuada mediante Acuerdo del Director General de Relaciones con la Administración de Justicia de 7 de septiembre de 2000 por lo que resultando que los Decanatos, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos de dichas localidades son el mismo Centro de Trabajo, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 51 y 52 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la

Administración de Justicia, resulta procedente efectuar previamente una reordenación de efectivos del Cuerpo de Agentes incluyendo todos los puestos de trabajo de Agentes de estos Centros.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Insertese en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 5 de marzo de 2001.- El Director General de Gestión de Recursos, José Antonio Muriel Romero.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

CODIGOS DE EXCLUSION

1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda.1).

2. Presentación fuera de plazo (base cuarta.1, 2, 3 y 4).

3. Faltar fotocopia de la instancia del funcionario/a con quien condiciona (base quinta).

4. Discrepancia entre código informático y su literal (base cuarta.8).

5. Por haber obtenido destino en concurso resuelto provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias del concurso actual.

6. Renuncia dentro del plazo (base cuarta.7).

7. Por no haber firmado la instancia (base cuarta.1, 2 y 3).

8. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta.6).

9. Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración de Justicia.