Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 11/01/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución por la que se declara la extinción del Permiso de Funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego en determinadas Empresas Titulares de Salones.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio de los interesados, se publica por anuncio el texto común de las Resoluciones de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, extinguiendo los Permisos de Funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a las Empresas Titulares de Salones que se relacionan en el anexo:

«Examinado los expedientes de Empresas Titulares de Salones, que se relacionan en el Anexo, se procede a considerar los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Unico. Que por la Delegación del Gobierno de Málaga, se ha formulado Propuesta de Resolución, en el sentido de que se declare la extinción del permiso de funcionamiento concedido a los precitados salones recreativos, como consecuencia de estar caducada la licencia municipal de apertura.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucia, en su art. 25.1.i), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por caducidad o revocación de la licencia municipal de apertura.

Vistos. Vista la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción de los permisos de funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego¯.

Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente Resolución, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Sevilla, 20 de diciembre de 2000.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.