Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 11/01/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre propuesta de resolución dirigida a don Manuel Suárez Muñoz, por no ocupación de la vivienda sita en calle Cigüela núm. 10-1.º B, de Málaga, Expte.: MA-13, CTA. núm. 346.

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Visto el Expediente de Desahucio Administrativo incoado por esta Delegación Provincial a don Manuel Suárez Muñoz, por no ocupación de la vivienda de forma habitual y permanente, de la vivienda sita en calle Cigüela núm. 10-1.º B, de Málaga (Expte.: MA-13, CTA. núm. 346), y,

Resultando: Que la expresada vivienda es propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, construida al amparo de¡ Expediente MA-13, para su adjudicación en calidad de arrendamiento por lo que la misma se halla sujeta al Régimen propio vigente por el que se rigen las viviendas de Protección Oficial, así como a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Resultando: Que por denuncia formulada ante esta Delegación Provincial se tuvo conocimiento de la situación de ilegalidad en que se encontraba la citada vivienda procediéncose a la incoación de Expediente de Desahucio, así como a formular el Pliego de Cargos con fecha 25 de noviembre de 1999, siendo notificado a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de fecha 1 de marzo de 2000, sin que por el momento haya formulado ninguna alegación al respecto.

Considerando: Que quedan más que probados los cargos que se le imputan a don Manuel Suárez Muñoz, titular de la vivienda sita en calle Cigüela núm. 10-1.º B de Málaga, por no ocupación de la vivienda de forma habitual y permanente, en base a los siguientes supuestos:

- De la documentación obrante en el expediente de esta Delegación Provincial donde queda evidenciado que el Sr. Suárez Muñoz, no ocupa la vivienda desde hace bastante tiempo habiendo procedido con total ilegalidad a su cesión.

Considerando: Que queda probado en el Considerando anterior, que la ocupante de la vivienda incurre en las circunstancias previstas en la Causa Sexta (6.ª) art. 138 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968.

Considerando: Que se ha tenido en cuenta en la tramitación de¡ expediente lo dispuesto en los arts, 138 al 144 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de 24 de julio de 1968, de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones que son de aplicación.

En base a lo expuesto se formula la siguiente Propuesta:

Que se proceda a la resolución del contrato de la vivienda en cuestión, ortogándole un plazo de ocho (8) dias para que haga entrega de las llaves, conforme a lo dispuesto en el art. 142 del Reglamento citado, y se concede al expedientado un plazo de cuatro (4) días para que formule cuanto considere conveniente a su defensa, transcurridos los cuales se elevará el Expediente a Resolución del limo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Málaga, 14 de noviembre de 2000.- La Instructora.