Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 19/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 12 de marzo de 2001, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de La Línea de la Concepción (Cádiz). (PP. 781/2001).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TECNICAS DE DEPURACION, S.A. (TEDESA)

LA LINEA DE LA CONCEPCION (CADIZ)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Calibre del contador en mm

13 1.222 ptas./abon./trimestre

15 1.438 ptas./abon./trimestre

20 2.194 ptas./abon./trimestre

25 5.528 ptas./abon./trimestre

30 9.447 ptas./abon./trimestre

40 14.507 ptas./abon./trimestre

50 15.285 ptas./abon./trimestre

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

65 20.313 ptas./abon./trimestre

80 25.813 ptas./abon./trimestre

100 y superiores 36.956 ptas./abon./trimestre

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

De 0 hasta 15 m?/trimestre 43 ptas./m? Más de 15 hasta 35 m?/trimestre 71 ptas./m? Más de 35 hasta 90 m?/trimestre 92 ptas./m? Más de 90 m?/trimestre 141 ptas./m?

Uso industrial

De 0 hasta 5.000 m?/trimestre 104 ptas./m? Más de 5.000 m?/trimestre 75 ptas./m?

Uso oficial

Bloque único/trimestre 104 ptas./m?

Bonificaciones: Conforme al Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 1 de diciembre de 2000 que se transcriben a continuación:

«Para el año 2001, se bonificará en 14 ptas./m para todos los abonados domésticos en el 1. y 2.º bloque de consumo.

Para los pensionistas y jubilados cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de todos los miembros de la unidad familiar sean inferiores al salario mínimo interprofesional, se establece una bonificación consistente en aplicar una reducción del 50% en la Cuota variable o de consumo para los dos primeros bloques de consumo.

Para los abonados con familias numerosas de más de cinco miembros en la unidad familiar cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de todos los miembros de la unidad familiar sea inferior a dos veces el salario mínimo interprofesional, se establece una bonificación consistente en aplicar una reducción del 35% en la Cuota variable o de consumo para los dos primeros bloques de consumo.¯

Derechos de acometida

Parámetro A 2.386 ptas./mm

Parámetro B 12.375 ptas./l/seg.

Cuota de contratación

Calibre del contador en mm

13 3.300 ptas.

15 4.500 ptas.

20 7.500 ptas.

25 10.500 ptas.

30 13.500 ptas.

40 19.500 ptas.

50 25.500 ptas.

65 34.500 ptas.

80 43.500 ptas.

100 55.500 ptas.

125 70.500 ptas.

150 85.500 ptas.

200 115.500 ptas.

250 145.500 ptas.

300 175.500 ptas.

Cuota de reconexión

El importe será 1/3 del que corresponda a la Cuota de

Contratación

Fianzas

Calibre del contador en mm

13 2.870 ptas.

15 3.642 ptas.

20 6.888 ptas.

25 14.620 ptas.

30 24.372 ptas.

40 42.248 ptas.

50 y superiores 86.420 ptas.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de marzo de 2001.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.