Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 26/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 3 de abril de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual núm. 1 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del término municipal de La Rambla (Córdoba).

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El Ayuntamiento de La Rambla ha tramitado la Modificación Puntual núm. 1 de sus Normas Subsidiarias de Planeamiento, que tiene por objeto una nueva ordenación urbanística del entorno del Instituto de Enseñanza «Tierno Galván¯, configurándolo como un área de equipamientos dada la necesidad de adaptar el centro educativo a las nuevas necesidades de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y la implantación de un nuevo edificio para la Guardia Civil.

Dicha Modificación se concreta en el cambio de la calificación de Zona Verde a Equipamiento Escolar y a Equipamientos Varios (Cuartel de la Guardia Civil), reduciéndose en total los espacios libres en 3.538 m¯, superando aun así el estándar de 5 m¯/hab. definido por el artículo 25.1.c) del Reglamento de Planeamiento, consiguiéndose además un incremento importante de las dotaciones de Equipamiento.

La aprobación inicial y provisional de la Modificación se realizó por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 15 de noviembre de 1999 y 17 de enero de 2000, respectivamente.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, con fecha 23 de junio de 2000, informó favorablemente la modificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1.11 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

El artículo único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (artículo 129 del TRLS92) establece que la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento que tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios libres previstos en el Plan corresponde al órgano ejecutivo superior de naturaleza colegiada de la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia y del Consejo de Estado u órgano autonómico que corresponda.

El citado Decreto 77/1994, de 5 de abril, atribuye en su artículo 4.3.1, en su redacción dada por el Decreto 102/1999, de 27 de abril, que modifica el Decreto anterior, la competencia para esta aprobación al Consejo de Gobierno y la de informe al Consejero de Obras Públicas y Transportes, en su artículo 5.2.15.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, determina en su artículo 16.8.d) la consulta preceptiva a este órgano en este tipo de modificaciones del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 10 de octubre de 2000 la Consejera de Obras Públicas y Transportes informa favorablemente sobre la presente Modificación; asimismo, con fecha 15 de febrero de 2001, ha sido emitido Dictamen por el Consejo Consultivo de Andalucía en el mismo sentido.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de abril de 2001,

ACUERDA

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual núm.

1 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del término municipal de La Rambla (Córdoba).

Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994, y se notificará al Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba).

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o

publicación del presente acuerdo, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de abril de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes