Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 03/05/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA CAMPANA (SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Cumpliendo acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno, de fecha 8 de marzo del 2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, se hacen públicas las bases y la convocatoria para seleccionar una plaza de Auxiliar de Administración General, perteneciente a la plantilla de funcionarios de esta Corporación, mediante el sistema de concurso-oposición libre.

BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL PERTENECIENTE AL AREA ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE LA CAMPANA

1. Objeto de la convocatoria.

Esta convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar de Administración General, adscrita al área económica municipal.

La plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001, integrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D, con el sueldo y demás retribuciones establecidas de conformidad con las disposiciones legales en vigor y la Relación de Puestos de Trabajo de esta Entidad Local.

2. Normativa aplicable.

A las presentes bases y pruebas les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; R.D. 896/1991, que establece las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; las bases de la presente convocatoria y, suplementariamente, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones generales de capacidad que habrán de reunir los aspirantes son las siguientes:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de aquélla en que falten, al menos, diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o equivalente.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas habituales de la plaza.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

4. Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al Presidente de la Corporación, dentro del plazo de

20 días naturales, contados a partir del siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En la solicitud se hará constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Los interesados unirán a la solicitud fotocopia del DNI y justificante de haber ingresado los derechos de examen.

Acompañarán, igualmente, la documentación que justifique los méritos alegados, en la forma y condiciones que se detallan en el Anexo I.

Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si se presentasen a través de la Oficina de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 2.000 pesetas, que se ingresarán en la cuenta corriente de La Caixa número 2100 4433 37 0200000604, con la indicación «pruebas selectivas una plaza de Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de La Campana¯.

5. Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Comisión de Gobierno adoptará acuerdo en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y de excluidos. El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el citado Boletín, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Caso de no hacerlo, quedarán definitivamente apartados de la convocatoria.

En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía.

Un representante de cada grupo político municipal.

El Delegado municipal de personal.

Un trabajador municipal designado por el Sr. Alcalde.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

Los vocales deberán reunir las condiciones exigidas en el R.D. 896/1991, de 17 de junio.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La designación del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Para la válida constitución del Tribunal Calificador, en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de su Presidente y Secretario y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes.

La concreción de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con el acuerdo al que hace referencia la base 5.ª

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores en las pruebas que por su especialidad se considere necesario, limitándose éstos a prestar su colaboración en su especialidad técnica.

7. Llamamientos y calendario de las pruebas.

Para cada ejercicio los aspirantes serán convocados en

llamamiento único, publicado en el tablón de anuncios de la Corporación, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

El primer ejercicio no podrá comenzar hasta transcurridos 2 meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar, fecha y hora se harán públicos

conjuntamente con el acuerdo señalado en la base 5.ª

La actuación de los aspirantes en los ejercicios en los que no puedan actuar conjuntamente comenzará por el orden de los apellidos que determine el sorteo público que se realice antes del inicio de la prueba en cuestión.

A partir del inicio de la oposición el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de 72 horas ni más de 45 días naturales.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si existe conformidad de la totalidad de miembros del Tribunal y de la totalidad de los aspirantes, se podrá modificar el citado calendario.

8. Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición libre. Se celebrará en primer lugar la fase de concurso en base a los siguientes criterios:

A) Fase de concurso.

Constituido el Tribunal, se procederá a la evaluación de los méritos alegados y justificados documentalmente según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio. Las puntuaciones otorgadas se expondrán en el tablón de anuncios de la

Corporación, al menos, con una hora de antelación al inicio de la fase de oposición.

Los méritos que se valorarán son los siguientes:

1. Experiencia profesional.

2. Titulaciones académicas.

3. Concursos, seminarios y jornadas.

4. Otros méritos.

La puntuación total de la fase de concurso no podrá superar, en ningún caso, el 30% de la puntuación máxima establecida para la fase de oposición.

B) Fase de oposición.

El contenido del programa se detalla en documento anexo. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

1. Prueba consistente en contestar por escrito en un máximo de dos horas y media un tema de materias comunes y un tema del apartado de materias específicas.

2. Prueba práctica. Realización de uno o varios ejercicios de informática en Word y/o Excel. El Tribunal podrá solicitar el asesoramiento técnico que estime necesario.

El ejercicio escrito será leído por cada aspirante ante el Tribunal.

Todos los ejercicios de la oposición serán eliminatorios, calificándose cada uno hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación de cada ejercicio se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminándose las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 3 puntos.

Finalizado cada ejercicio, el Tribunal hará públicas las calificaciones mediante anuncio inserto en el tablón de anuncios de la Corporación.

9. Puntuación final y propuesta de nombramiento.

La calificación final de los aspirantes será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y, de persistir, en las puntuaciones obtenidas en la fase de

oposición. Si no fuese posible deshacer el empate, se realizará un sorteo.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará público el resultado final.

El Tribunal no podrá aprobar un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.

Los interesados podrán interponer reclamación ante el Tribunal en el plazo de 3 días. Este resolverá en idéntico plazo la reclamación.

La propuesta de nombramiento se expondrá en el tablón de anuncios y se elevará al Sr. Alcalde para que proceda a su nombramiento.

10. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto presentará en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de la propuesta de nombramiento, los documentos acreditativos de las condiciones que se exigen en la base 3.ª

Si tuviera la condición de empleado público, estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar

certificado del organismo de quien dependa acreditando su condición y demás circunstancias que obren en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el interesado no presenta los documentos, o de los mismos se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la depuración de otras responsabilidades que pudieran existir.

11. Nombramiento y toma de posesión.

Aportados los documentos, el Presidente efectuará el

nombramiento, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

El opositor nombrado tomará posesión en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento.

12. Otras incidencias.

La presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria supone el sometimiento expreso de los aspirantes a estas bases, que tienen la consideración de Ley reguladora de la convocatoria.

Se atribuye al Sr. Alcalde la facultad de interpretar estas bases y la resolución de las incidencias y recursos que pudiera haber hasta el acto de constitución del Tribunal, tras el que se atribuirá a éste la citada facultad.

El Tribunal resolverá las dudas que se presenten y tomará cuantos acuerdos sean necesarios en todo lo no previsto en las presentes bases y en las disposiciones legales vigentes que regulan la materia.

13. Impugnación.

Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

1. Experiencia profesional.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local en puestos de trabajo del área económica de la Corporación: 0,07 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas públicas, organismos autónomos, sociedades municipales o provinciales o similares en puestos de igual o similar

contenido: 0,04 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de igual o similar contenido: 0,03 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en puesto de igual o similar contenido: 0,02 puntos.

En este apartado no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima para este apartado será de 6 puntos.

Estos méritos se acreditarán mediante certificado municipal. En el caso de institución o empresa pública en la que no exista el cargo adecuado para certificar, se acreditará con documento suficiente a juicio del Tribunal, debiendo, en este caso, constar de forma expresa que no existe en plantilla el puesto que desarrolle funciones de fe pública.

En el caso de servicios en empresas privadas, la acreditación se podrá realizar con certificación de la Alcaldía o Tesorería de la Corporación en la que la empresa haya prestado servicios.

2. Titulaciones académicas.

- Por la posesión del título de Licenciado Universitario en área o especialidad que tenga relación directa con la actividad a desarrollar en la plaza a la que se opta: 1,0 punto.

- Por la posesión del título de Diplomado Universitario en área o especialidad que tenga relación directa con la actividad a desarrollar en la plaza a la que se opta: 0,7 puntos.

- Por la posesión del título de Bachiller o Formación

Profesional de 2.º Grado: 0,5 puntos.

Los títulos o diplomas se presentarán en documento original o copia cotejada por el funcionario encargado del Registro Municipal de La Campana.

3. Participación en cursos, seminarios o jornadas que tengan relación directa con las áreas económicas e informáticas de la Corporación.

- Hasta 14 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 15 a 40 horas: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas: 0,20 puntos.

- De más de 70 horas: 0,40 puntos.

El máximo por este concepto será de 2 puntos.

No se valorarán los cursos o seminarios con una duración menor de 8 horas.

Sólo se evaluarán los cursos o seminarios que hayan sido impartidos por instituciones públicas.

Los títulos o diplomas se presentarán en documento original o copia cotejada por el funcionario encargado del Registro Municipal de La Campana.

4. Otros méritos.

- Conocimiento y manejo de programas de recaudación local: 1 punto.

Estos méritos se acreditarán mediante certificado del

Secretario de la Corporación o cargo similar en el caso de institución o empresa pública en la que no exista el puesto, debiendo, en este caso, constar de forma expresa en el

certificado que no existe en plantilla el puesto que desarrolle las funciones de fe pública.

No se valorarán los méritos que vengan justificados de forma distinta a la descrita en el párrafo anterior.

ANEXO II

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y

contenido. Características. Principios generales.

Tema 2. La organización territorial del Estado. Principios constitucionales. Administración Local. El Estatuto Autonomía de Andalucía.

Tema 3. El Municipio. Concepto. Elementos. Organización municipal. Competencias de los municipios.

Tema 4. El procedimiento administrativo común. Concepto y clases. Los interesados. Dimensión temporal del procedimiento. Fases del procedimiento.

Tema 5. Los recursos de las Haciendas Locales. Regulación jurídica. Principios constitucionales. Clases de ingresos.

Tema 6. Los recursos de las Haciendas Locales. La potestad normativa de las Entidades Locales. Ordenanzas. Reglamentos. Bandos.

ANEXO III

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Los recursos de las Haciendas Locales. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Tema 2. Los recursos de las Haciendas Locales. El Impuesto sobre Actividades Económicas.

Tema 3. Los recursos de las Haciendas Locales. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras. El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 4. Disposiciones generales. La gestión recaudatoria. Organos recaudadores. Obligados al pago de las deudas

tributarias. Domicilio tributario.

Tema 5. Extinción de las deudas. Requisitos, medios y

justificantes de pagos. Garantías del pago. Efectos del pago e imputación de pagos. Consecuencias de falta de pago y

consignación.

Tema 6. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Procedimiento en caso de falta de pago. Moratorias.

Tema 7. Otras formas de extinción de las deudas. Prescripción. Compensación. Condonación. Insolvencia.

Tema 8. Procedimiento de recaudación en período voluntario. Disposiciones generales. Entidades que prestan el servicio de caja. Entidades colaboradoras. Recaudación de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva.

Tema 9. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Disposiciones generales. La notificación. Títulos para la ejecución. Ingresos en el procedimiento de apremio.

Tema 10. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Embargo de bienes. Depósito de bienes embargados. Enajenación de los bienes embargados. Costas del procedimiento.

Tema 11. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Créditos incobrables. Finalización del expediente de apremio. Recursos administrativos. Responsabilidades. Otras normas generales.

Tema 12. La estructura de la Tesorería. La organización interna de la Tesorería.

Tema 13. La estructura de la Tesorería. La organización externa: Las entidades de crédito. Condiciones de las cuentas corrientes. Tipos de cuentas corrientes.

Tema 14. Las funciones de la Tesorería. Funciones de control y custodia de las existencias, de regulación, de financiación, de garantía y de ordenación de pagos.

Tema 15. Estado y cuentas de Tesorería. El estado de Tesorería. Los anexos. El acta de arqueo. Las cuentas de recaudación.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

El (la) abajo firmante solicita ser admitido(a) a las pruebas selectivas a las que se refiere la presente instancia.

Que acompaña a la solicitud fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia y resguardo del ingreso por importe de 2.000 pesetas.

Declara que son ciertos los datos consignados y que reúne todas las condiciones exigidas en la convocatoria, comprometiéndome a probarlas documentalmente cuando sea requerido(a).

- Declaro, así mismo, conocer las bases de la convocatoria, que acepto en su integridad.

(Lugar, fecha y firma).

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Campana, 12 de marzo de 2001.- El Alcalde, Francisco Vargas Cabello.