Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 5/5/2001

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Otros. EMPRESA PUBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCIA

ANUNCIO sobre Acuerdo de Incoación de expediente sancionador.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación, se ha resuelto la publicación del siguiente Acuerdo de Incoación de expediente sancionador Ref.

235/01.

Como consecuencia de denuncia de los Servicios de Inspección y Vigilancia de esta Autoridad Portuaria de fecha 8.8.00 (13,00 horas), y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Orden de 1 de marzo de 1995, BOJA núm.

41, de 15 de marzo); en la Ley 27/92, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; (BOE núm. 283, de

25 de noviembre de 1992; Ley 62/97, de modificación, BOE núm.

312, de 30 de diciembre), y en el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, BOE núm. 189, de 9 de agosto), se acuerda la incoación del expediente sancionador de la referencia (Procedimiento simplificado) contra don Luciano Fernández Hernández en base a los siguientes hechos: «Haber estacionado un vehículo (MA-4065-BK) en zona no autorizada, en la instalación portuaria de Estepona (Málaga)¯.

Dichos hechos podrán ser calificados como infracción leve del Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, prevista en sus arts. 3.2, 4,

9, 53.1.e), 54 y 61 en relación con el art. 114.1 de la Ley

27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Por dicha infracción pudiera corresponder, a tenor del art. 120 de la Ley 27/92, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del presente procedimiento:

Sanción de multa de 15.000 ptas. (90,16 euros).

Se designa como Instructor a don Joaquín Vera Sánchez y como Secretaria a doña Esperanza Guzmán Gassín, siendo su régimen de recusación el contemplado en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

El órgano competente para sancionar, en el presente caso, es el Director Gerente de esta Empresa Pública de Puertos de Andalucía, a tenor de lo establecido en los arts. 9.3 y 18.1.g) de los Estatutos de la Entidad. (Decreto 126/92, de 14 de julio, BOJA núm. 70, de 23 de julio).

El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de seis meses (art. 20.6, R.D. 1398/93) desde la fecha del Acuerdo de Incoación. El transcurso del mismo, teniendo en cuenta las posibles interrupciones en su cómputo, producirá la caducidad del procedimiento.

Se señala el plazo de diez días hábiles siguientes al recibo de la presente para formular alegaciones y proponer las pruebas que el interesado estime pertinentes (expresar en el descargo el DNI o CIF y, caso de Sociedad u otra persona jurídica, aportar el poder de representación del firmante o la fotocopia).

Se indica que el presunto infractor puede reconocer voluntariamente su responsabilidad con reducción del 40% del importe de la sanción, conforme a lo dispuesto en el art.

13.1.d) del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, con los efectos previstos en el art. 8 del referido cuerpo legal, que prevé la posibilidad de que finalice el expediente sancionador mediante pago voluntario de la sanción, sin perjuicio de los recursos que procedan (Unicaja, 2103, Sucursal 1074, DC 18, núm. de cuenta

0230000011, remitiendo a los Servicios Centrales de esta Empresa Pública de Puertos de Andalucía, en Sevilla, C/ San Gregorio, 7, C.P. 41004, el justificante de dicho ingreso). Asimismo, se advierte que, de no efectuarse alegaciones, la presente notificación será considerada propuesta de resolución, art. 13.2, R.D. 1198/93. Sevilla, 12 de marzo de 2001. El Director Gerente, Juan Carlos Fernández-Rañada de la Gándara.

Sevilla, 3 de abril de 2001.- El Jefe del Dpto. de Asuntos Jurídicos, José M.ª Rodríguez Gutiérrez.