Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 12/5/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

ANUNCIO de bases.

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Bases que han de regir la convocatoria para la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Psicólogo (a tiempo parcial) de la plantilla de funcionarios de carrera de la Diputación de Granada, aprobadas mediante Resolución del Diputado Delegado del Area de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio de 7 de febrero de 2001.

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Psicólogo (a tiempo parcial) de la plantilla de funcionarios de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. Al presente Concurso-Oposición le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto por la Ley 17/1993, de

23 de diciembre, y Real Decreto 800/1995.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función pública.

2.2. Los requisitos establecidos en esta Base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

3. Instancias y documentación a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en Avda. del Sur, 3, Complejo Administrativo «La Caleta¯, 1.ª planta, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábados de 9 a 13 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del título académico exigido en la Base 2.1.c), o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia, y, además, una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La fotocopia del título académico, o documento de su solicitud, y del DNI, deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los derechos de examen serán de 4.500 ptas. (27,045 Euros) que se ingresarán en la Tesorería Provincial sita en la Avda. del Sur, 3 Complejo Administrativo «La Caleta¯ 18071 Granada, o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante

transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el art.

38.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.

Sólo procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable a la propia Diputación de Granada, de conformidad con la correspondiente Ordenanza Fiscal.

3.6. Los aspirantes que pretendan puntuar en la Fase de Concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Presidente o el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y exponiéndose además en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

La publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el Tribunal, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera de las recogidas en el art. 33.1 del R.D. 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Como titular el Diputado Provincial en quien delegue el Excmo. Sr. Presidente y como suplente el Diputado Provincial en quien también delegue dicha Presidencia.

Vocales:

1. Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

2. Dos miembros titulares y dos suplentes propuestos por la Junta de Personal en representación de ésta.

3. Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Diputación Provincial de Granada.

Secretario: Uno titular y otro suplente propuestos por la Diputación de Granada.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Los interesados podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y la publicación de los resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos

profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la Base 6.10 «aplicación del concurso¯. Dicho escrito ha de publicarse en el Tablón de Anuncios de la Corporación (Complejo Administrativo La Caleta) con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciarán con una antelación mínima de 48 horas, en el Tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo exponerse además en el Tablón de Anuncios del Edificio La Caleta. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia¯.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «B¯, de

conformidad con Resolución de 23 de febrero de 2000 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública. (BOE núm.

54, de 3 de marzo de 2000).

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal.

6.8. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.

6.10. Valoración de Méritos. Fase de Concurso.

Méritos profesionales:

a) Por cada mes completo de servicios prestados de igual contenido, acreditados mediante la correspondiente

certificación expedida por el organismo competente: 0,04 puntos.

b) Por cada mes completo de servicios prestados de similar contenido, acreditados mediante la correspondiente

certificación expedida por el organismo competente: 0,02 puntos.

Se entenderá por servicios de igual contenido, los prestados en plaza o puesto de una Diputación Provincial con el mismo contenido funcional de la plaza a la que se opta; se entenderá por servicios de similar contenido los prestados en cualquier Administración Pública, en plaza o puesto con similar contenido funcional al de la plaza a la que se opta.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades,

instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos. De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20

puntos.

De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos. De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos. De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

b) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:

0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente o como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:

Méritos profesionales: 5 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 1 punto.

6.11. Fase de Oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de cien preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de cien minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas de dicho Anexo. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima

requerida para superar el ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante un periodo de una hora y media, un tema concreto extraído al azar de las materias incluidas en el Bloque I (Temas comunes), siendo leído obligatoriamente y con

posterioridad por los candidatos en sesión pública, salvo caso de fuerza mayor, previa justificación, en cuyo caso será leído por el Tribunal.

c) Tercer ejercicio: Se desarrollará por escrito, durante un periodo máximo de tres horas, y consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza que se convoca.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos; siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos.

6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de Oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la Fase de Oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

7. Listas de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios de la Diputación la relación de los candidatos que hubiesen superado la misma por orden de

puntuación total obtenida, en la que constarán las

calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación o al Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera

7.3. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentacion de documentos.

8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Servicio de Recursos Humanos de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que

justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesion.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente o el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, nombrará funcionarios de carrera a los aprobados en el proceso selectivo.

9.2. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la

resolución.

9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

La presente convocatoria y su Bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la Convocatoria y sus Bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el «Boletín Oficial del Estado¯ (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

ANEXO I

Bloque I:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de autonomía de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 6. El acto administrativo: Concepto y Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 10. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 11. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 13. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 18. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y

fiscalización.

Bloque II:

Grupo I.

Tema 1. Los Servicios Sociales en España. Referencia

constitucional. Competencias de las distintas administraciones públicas en materia de servicios sociales. Visión general.

Tema 2. El sistema público de Servicios Sociales. Plan

concertado para las prestaciones básicas de Servicios Sociales. Concepto y desarrollo.

Tema 3. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley de Servicios Sociales de Andalucía y su desarrollo. El Plan Andaluz de Servicios Sociales.

Tema 4. Plan Gerontológico.

Tema 5. Servicos Sociales en el marco de la atención

sociosanitaria.

Tema 6. Los Servicios Sociales en la administración local.

Tema 7. Evaluación de necesidades sociales: Concepto, modelos de evaluación y metodología de actuación.

Tema 8. Psicología comunitaria: Concepto, desarrollo y ámbitos de aplicación. La participación comunitaria.

Tema 9. Aspectos generales sobre la evaluación y el diagnóstico psicológico.

Tema 10. Evaluación comportamental, características.

Tema 11. La evaluación psicológica mediante autoinformes.

Tema 12. La entrevista en Psicología.

Tema 13. La evaluación psicológica mediante técnicas de observación.

Tema 14. La evaluación de las actitudes y el análisis

sociométrico en Psicología.

Tema 15. Diseños experimentales y cuasi-experimentales en Psicología.

Tema 16. Diseños experimentales de caso único o de series temporales.

Tema 17. La formación de los profesionales de los centros geriátricos.

Tema 18. Características, estructura y desarrollo de programas preventivos en la intervención psicológica.

Tema 19. Técnicas de control y manejo de contingencias: Procedimientos de adquisición y mantenimiento de conductas.

Tema 20. Técnicas de control de contingencias II: Técnicas de reducción de conductas operantes.

Tema 21. Entrenamiento en habilidades sociales I: Definición, evaluación, procedimientos de entrenamiento y áreas de

aplicación.

Tema 22. Entrenamiento en habilidades sociales II: Aplicaciones prácticas en la resolución de conflictos interpersonales.

Tema 23. Entrenamiento en autocontrol y autoinstrucciones.

Tema 24. Entrenamiento en solución de problemas.

Tema 25. Estructura y dimensiones psicológicas de las

organizaciones.

Tema 26. La comunicación en las organizaciones y contenidos de la comunicación.

Tema 27. Metodología de intervención en las organizaciones: Estructuración temporal de la intervención.

Tema 28. Intervención comportamental en las organizaciones.

Tema 29. Psicología comunitaria. Programas de prevención primaria y secundaria.

Tema 30. La motivación en personas mayores.

Tema 31. El aprendizaje en personas mayores.

Grupo II.

Tema 32. Dimensiones psicosociales del comportamiento de las personas en las organizaciones.

Tema 33. El anciano en la institución residencial.

Tema 34. La residencia y su adecuación a las necesidades de las personas mayores dependientes.

Tema 35. Intervención y asistencia en la comunidad e

institucionalmente en las personas mayores.

Tema 36. Etica y residencias de ancianos.

Tema 37. Trabajo interdisciplinar en las residencias

geriátricas.

Tema 38. Biología, fisiología y psicología del envejecimiento humano.

Tema 39. Valoración gerontológica integral.

Tema 40. Promoción de la autonomía en la vejez. Intervención psicológica.

Tema 41. Mejora del funcionamiento de la memoria desde la intervención psicológica.

Tema 42. Promoción de la actividad física desde la intervención psicológica.

Tema 43. Intervención psicológica en la depresión.

Tema 44. Tratamiento de la ansiedad.

Tema 45. Intervención en esquizofrenia.

Tema 46. Intervención en problemas de comportamiento asociados a la demencia.

Tema 47. Tratamiento de las conductas adictivas en

mayores.

Tema 48. Intervención psicológica en trastornos del sueño en personas mayores.

Tema 49. Evaluación e intervención psicológica en problemas de dolor crónico.

Tema 50. Evaluación e intervención en accidentes cerebro- vasculares.

Tema 51. Intervención en problemas de incontinencia urinaria.

Tema 52. Intervención ante problemas de incontinencia fecal.

Tema 53. Utilización de fármacos en la edad avanzada.

Tema 54. La conducta sexual en las personas mayores.

Tema 55. Escalas de evaluación, mediciones y propuestas de intervención en el funcionamiento social e interacciones sociales con personas mayores.

Tema 56. El papel de la familia en el cuidado del anciano.

Tema 57. Intervenciones en cuidadores de personas

mayores.

Tema 58. Demencias I.

Tema 59. Demencias II.

Tema 60. Intervención psicológica en los centros residenciales.

Tema 61. Programas de intervención específicos de la psicología aplicados a centros residenciales.

Tema 62. Modificación de conducta en el anciano.

Tema 63. Personalidad, procesos cognitivos y envejecimiento.

Tema 64. Envejecimiento, salud y funciones cognitivas.

Tema 65. Cuidados en la enfermedad y la muerte.

Tema 66. Concepto de salud y enfermedad psíquica. Las fronteras de la normalidad.

Tema 67. La prevención en trastornos psicológicos.

Tema 68. Alcoholismo: Aspectos culturales, sociales, laborales y familiares.

Tema 69. Los trastornos psicosomáticos: Teoría, tipología, clínica y tratamiento.

Tema 70. Organización y estructura de un centro residencial geriátrico.

Tema 71. Estado actual de los conocimientos psicológicos. Líneas de avance en la actualidad.

Tema 72. Relación terapéutica-paciente en sus diferentes aspectos prácticos y enfoques teóricos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Granada, 7 de febrero de 2001.- El Diputado Delegado del Area de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, Gabriel Cañavate Maldonado.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]