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Visto el expediente instruido a instancia de don Andrés González Villanueva, como representante del Patronato Escolar Diocesano San Juan de Avila, titular de los Centros privados de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria «Virgen de Gracia¯, sito en calle Músico Vicente Zarzo, s/n, de Granada, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dichos Centros: Educación Infantil con 6 unidades de Segundo Ciclo, Educación Primaria con 12 unidades, y Educación Secundaria con 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato con 6 unidades.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Granada.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.
Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de
14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan Enseñanzas de Régimen General no Universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del Sistema Educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación y Ciencia
HA RESUELTO
Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto
109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro docente privado «Virgen de Gracia¯, de Granada, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del Centro que se describe a continuación:
A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «Virgen de Gracia¯. Titular: Patronato Escolar Diocesano San Juan de Avila. Domicilio: Calle Músico Vicente Zarzo, s/n. Localidad: Granada.
Municipio: Granada.
Provincia: Granada.
Código de Centro: 18004094.
Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, 2.º Ciclo. Capacidad: 6 unidades y 150 puestos escolares.
B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «Virgen de Gracia¯.
Titular: Patronato Escolar Diocesano San Juan de Avila. Domicilio: Calle Músico Vicente Zarzo, s/n.
Localidad: Granada.
Municipio: Granada.
Provincia: Granada.
Código de Centro: 18004094.
Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.
Capacidad: 12 unidades y 300 puestos escolares.
C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Virgen de Gracia¯.
Titular: Patronato Escolar Diocesano San Juan de Avila. Domicilio: Calle Músico Vicente Zarzo, s/n.
Localidad: Granada.
Municipio: Granada.
Provincia: Granada.
Código de Centro: 18004094.
Enseñanzas que podrán autorizarse:
a) Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.
b) Bachillerato:
- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.
Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.
- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.
Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.
- Modalidad: Tecnología.
Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.
Segundo. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sin que esta autorización presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que deberá solicitarse en expediente aparte, según lo establecido en el Real Decreto
2377/1985, de 18 de diciembre (BOE de 4 de agosto).
Tercero. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio), y las Ordenes Ministeriales de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre) y de 24 de julio de 1995 (BOE de 4 de agosto).
Cuarto. La titularidad de los Centros remitirá a la
Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Granada la relación del profesorado de los mismos, con indicación de su titulación respectiva.
Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 16 de abril de 2001
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia