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El procedimiento para la concesión de subvenciones en materia de turismo rural a Entidades Locales y privadas, convocado por Orden de 22 de diciembre de 2000 de la Consejería de Turismo y Deporte (BOJA núm. 6, de 16 de enero de 2001), ha de resolverse en el plazo de tres meses, ello de conformidad con lo dispuesto en su artículo 11.5.
El plazo para resolver finaliza el 16 de mayo de 2001.
Vistas las circunstancias concurrentes expuestas por el órgano instructor del citado procedimiento, las cuales justifican la aplicación excepcional de la previsión contenida en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las facultades que me atribuyen las disposiciones legales vigentes,
R E S U E L V O
Ampliar el plazo para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de turismo rural a Entidades Locales y privadas por un período de tres meses, finalizando el día 16 de agosto de 2001.
Huelva, 2 de mayo de 2001.- El Delegado, Miguel Romero Palacios.